Artículo 70. Procedimiento de votación, escrutinio y proclamación de cargos electos, y toma de posesión.
Artículo 70 del Real Decreto 2828/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Odontólogos y Estomatólogos y de su Consejo General. · BOE-A-1999-1828
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-27.
Texto consolidado
1. Las elecciones tendrán lugar a doble vuelta, que se celebrarán en la misma sesión, en la forma que reglamentariamente se establezca. A la segunda vuelta concurrirán únicamente las dos candidaturas que hayan obtenido más votos en la primera vuelta.
2. Finalizado el escrutinio, la mesa electoral proclamará a los candidatos elegidos, y levantará la correspondiente acta, en la que se reflejarán todas las incidencias.
3. Los candidatos proclamados electos tomarán posesión en un plazo máximo de quince días.