Ley 9/2000, de 30 de junio, de Mutualidades de Previsión Social.
BOE-A-2000-16034 · Boletín Oficial del Estado, 2000-08-26 · Comunidad de Madrid
Ley 9/2000 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 9/2000
- Fecha de la disposición
- 2000-06-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 205, 2000-08-26
- Entrada en vigor
- 2000-07-07
- Departamento
- Comunidad de Madrid
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 42
- Identificador BOE
- BOE-A-2000-16034
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la presente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Finalidad de la regulación.
- Artículo 2. Concepto, denominación y domicilio social.
- Artículo 3. Objeto.
- Artículo 4. Requisitos de las mutualidades de previsión social.
- Artículo 5. Autorización administrativa.
- Artículo 6. Inscripción de la mutualidad de previsión social y efectos de las mismas.
- Artículo 7. Previsión de riesgos sobre las personas.
- Artículo 8. Previsión de riesgos sobre las cosas.
- Artículo 9. Extensión de la cobertura y compatibilidad de prestaciones.
- Artículo 10. Necesidad de autorización administrativa de ampliación de prestaciones. Requisitos.
- Artículo 11. Procedimiento de obtención de autorización administrativa de ampliación de prestaciones.
- Artículo 12. Ejercicio de la actividad aseguradora en régimen de ampliación de prestaciones.
- Artículo 13. Patrimonio y fondo mutual.
- Artículo 14. Régimen de supervisión y contractual.
- Artículo 15. Instrumento de previsión empresarial.
- Artículo 16. Sometimiento a autorización específica.
- Artículo 17. Requisitos y límites.
- Artículo 18. Agrupaciones de mutualidades de previsión social.
- Artículo 19. Federación Madrileña de Mutualidades de Previsión Social.
- Artículo 20. Prestación de servicios comunes a las mutualidades de previsión social.
- Artículo 21. Condición de mutualista.
- Artículo 22. Derechos y obligaciones de los mutualistas.
- Artículo 23. De las entidades o personas protectoras.
- Artículo 24. Número mínimo de mutualistas.
- Artículo 25. Escritura de constitución y estatutos.
- Artículo 26. Órganos societarios de la mutualidad de previsión social.
- Artículo 27. Asamblea General: Composición y facultades.
- Artículo 28. Clases de Asambleas Generales y régimen de funcionamiento.
- Artículo 29. La Junta Directiva: Composición y facultades.
- Artículo 30. Requisitos y retribución de los miembros de la Junta Directiva.
- Artículo 31. Régimen de funcionamiento.
- Artículo 32. Gerencia.
- Artículo 33. Mutualidades de previsión social sujetas.
- Artículo 34. Normas aplicables y atribución competencial.
- Artículo 35. Control administrativo.
- Artículo 36. Coordinación con la Administración General del Estado.
- Disposición transitoria primera. Adaptación de las mutualidades de previsión social.
- Disposición transitoria segunda. Planes de reequilibrio.
- Disposición transitoria tercera. Fondos mutuales de las mutualidades escolares.
- Disposición final primera. Remisión a legislación especial de planes de pensiones y de compromisos por pensiones.
- Disposición final segunda. Potestad reglamentaria.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | los arts. 10.3, 11, 30.1 y 32.1, por la Ley 18/2000, de 27 de diciembre |
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 9/2000?
- Ley 9/2000 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 9/2000?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 9/2000?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.