Ley 6/2011, de 1 de abril, de Movilidad de la Comunitat Valenciana.
BOE-A-2011-7330 · Boletín Oficial del Estado, 2011-04-25 · Comunitat Valenciana
Ley 6/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-08.
Datos clave
- Rango
- Ley 6/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-04-01
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 98, 2011-04-25
- Entrada en vigor
- 2011-04-25
- Departamento
- Comunitat Valenciana
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-01-08
- Artículos
- 135
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-7330
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos que Les Corts han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Principios generales.
- Artículo 3. Competencias administrativas.
- Artículo 4. Agencia Valenciana de Movilidad.
- Artículo 5. Desplazamientos a pie y en bicicleta.
- Artículo 6. Fomento de los desplazamientos peatonales.
- Artículo 7. Actuaciones específicas en relación con el uso de la bicicleta.
- Artículo 8. Estacionamiento de bicicletas
- Artículo 8 bis. Bicicletas y vehículos de movilidad personal (VMP) a bordo del transporte público
- Artículo 9. Concepto y tipos.
- Artículo 10. Planes municipales de movilidad.
- Artículo 11. Planes supramunicipales de movilidad.
- Artículo 12. Planes de movilidad de nuevas áreas generadoras de alta movilidad.
- Artículo 13. Planes de movilidad de implantaciones singulares preexistentes.
- Artículo 14. Planes de movilidad de instalaciones productivas.
- Artículo 15. Planes de movilidad de centros de formación.
- Artículo 16. Derechos y obligaciones.
- Artículo 17. Participación ciudadana.
- Artículo 18. Obligaciones de los operadores de transporte.
- Artículo 19. Obligaciones de los usuarios y usuarias del transporte público.
- Artículo 20. Foro de la Movilidad de la Comunitat Valenciana.
- Artículo 21. Transporte de viajeros.
- Artículo 22. El servicio público de transporte. Fines y competencias.
- Artículo 23. Plan de Transporte Público de la Comunitat Valenciana.
- Artículo 24. Definición y contenido esencial.
- Artículo 25. Contenido específico.
- Artículo 26. Tramitación.
- Artículo 27. Plazo.
- Artículo 28. Publicidad.
- Artículo 29. El contrato de servicio público de transporte.
- Artículo 30. Formas de prestación.
- Artículo 31. Formas de adjudicación y modalidades de contratación.
- Artículo 32. Ejecución del contrato de servicio público de transporte.
- Artículo 33. Utilización de medios de terceros y subcontratación.
- Artículo 34. Modificación de los contratos de concesión de servicio público de transportes.
- Artículo 35. Extinción de los contratos de servicio público de transportes.
- Artículo 36. Rescate y renuncia.
- Artículo 37. Títulos de transporte.
- Artículo 38. Soporte de los títulos de transporte.
- Artículo 39. Tarifas.
- Artículo 40. Transportes públicos regulares de uso especial.
- Artículo 41. Transporte discrecional y arrendamiento.
- Artículo 41 bis. Transporte a la demanda.
- Artículo 42. Transporte público de viajeros con vehículos turismo de características especiales.
- Artículos 43 a 59.
- Artículo 43. Objeto, ámbito de aplicación, régimen jurídico y principios.
- Artículo 44. Competencias y áreas funcionales.
- Artículo 45. Condiciones generales de prestación del servicio.
- Artículo 46. Autorizaciones de taxi.
- Artículo 47. Creación de nuevas autorizaciones.
- Artículo 48. Requisitos para la obtención de la autorización.
- Artículo 49. Prestación efectiva del servicio de taxi.
- Artículo 50. Suspensión.
- Artículo 51. Transmisión.
- Artículo 52. Extinción.
- Artículo 53. Visado.
- Artículo 54. Vehículos y características.
- Artículo 55. Régimen económico. Tarifas.
- Artículo 56. Centros de atención al público.
- Artículo 57. Derechos y obligaciones de usuarios y usuarias.
- Artículo 58. Consejo del Taxi de la Comunitat Valenciana.
- Artículo 59. Inspección.
- Artículo 60. Objeto.
- Artículo 61. Infraestructuras de transporte.
- Artículo 62. Estudios de planeamiento de infraestructuras de transporte o logísticas.
- Artículo 63. Tramitación, aprobación y efectos de los estudios de planeamiento.
- Artículo 64. Estudios informativos.
- Artículo 65. Tramitación de los estudios informativos.
- Artículo 66. Proyecto básico y constructivo.
- Artículos 67 a 70.
- Artículo 67. Delimitación.
- Artículo 68. Tramitación de las reservas de suelo.
- Artículo 69. Efectos de la delimitación de área de reserva.
- Artículo 70. Actuaciones en las áreas de reserva.
- Artículo 71. Adecuación del viario para su uso por el transporte público.
- Artículo 72. Paradas de transporte público.
- Artículo 73. Coordinación administrativa.
- Artículo 74. Zonas de compatibilización de usos en torno a las infraestructuras de transporte.
- Artículo 75. Zona de dominio público.
- Artículo 76. Zona de protección.
- Artículo 77. Limitaciones de uso.
- Artículo 78. Limitaciones específicas a la edificación.
- Artículo 79. Integración de las infraestructuras de transporte en su entorno.
- Artículo 80. Planificación.
- Artículo 81. Construcción y explotación de terminales de transporte.
- Artículo 82. Terminales de los operadores de transporte.
- Artículo 83. Infraestructuras logísticas.
- Artículo 84. Planificación, ordenación y ejecución de infraestructuras logísticas.
- Artículo 85. Instalaciones ferroviarias privadas de mercancías.
- Artículo 86. Logística urbana.
- Artículo 87. Administrador de infraestructuras de transporte.
- Artículo 88. Construcción y ejecución de infraestructuras.
- Artículo 89. Patrimonio.
- Artículo 90. Declaración sobre la red.
- Artículo 91. Derecho de uso de capacidad en infraestructuras de transporte.
- Artículo 92. Adjudicación del derecho de capacidad para otros servicios y actividades.
- Artículo 93. Competencias.
- Artículo 94. Facultades de la inspección de transportes.
- Artículo 95. Alcance subjetivo de la responsabilidad administrativa en las materias reguladas en la ley.
- Artículo 95 bis. Responsabilidad administrativa.
- Articulo 96. Clasificación de las infracciones en materia de compatibilidad de las infraestructuras de transporte con el entorno
- Artículo 97. Infracciones en materia de transporte de viajeros.
- Artículo 98. Infracciones graves en relación con los servicios de transporte de viajeros.
- Artículo 99. Infracciones leves en relación con los servicios de transporte de viajeros.
- Artículo 99 bis. Infracciones al transporte público discrecional de viajeros en vehículos de turismo.
- Artículo 100. Infracciones a la regulación del servicio de taxi.
- Artículo 101. Infracciones en relación con la compatibilidad de las infraestructuras de transporte con el entorno.
- Artículo 102. Otras infracciones.
- Artículo 103. Sanciones en relación con las infracciones tipificadas en los artículos 101 y 102.
- Artículo 103 bis. Sanciones en materia de transporte de viajeros.
- Artículo 104. Inhabilitación del infractor por reincidencia y requerimiento para la subsanación de deficiencias.
- Artículo 105. Otros efectos de las sanciones.
- Artículo 106. Multas coercitivas.
- Artículo 107. Competencia para la imposición de sanciones.
- Artículo 108. Procedimiento sancionador y medidas provisionales en relación con las infracciones tipificadas en los artículos 101 y 102.
- Artículo 108 bis. Procedimiento sancionador en materia de transporte de viajeros
- Artículo 109. Medidas urgentes y provisionales.
- Artículo 110. Coordinación administrativa y acción subsidiaria de la Generalitat.
- Artículo 111. Prescripción.
- Disposición adicional primera. Cambio de denominación de la Agencia Valenciana de Movilidad Metropolitana.
Normas que la modifican o afectan (20)
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 6/2011?
- Ley 6/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-08.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 6/2011?
- El BOE registra 20 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 6/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.