Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón.
BOE-A-2009-13689 · Boletín Oficial del Estado, 2009-08-20 · Comunidad Autónoma de Aragón
Ley 5/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 5/2009
- Fecha de la disposición
- 2009-06-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 201, 2009-08-20
- Entrada en vigor
- 2009-07-11
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 120
- Identificador BOE
- BOE-A-2009-13689
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Estatuto de Autonomía de Aragón.
PREÁMBULO
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Objetivos de las políticas de servicios sociales.
- Artículo 3. Sistema de servicios sociales.
- Artículo 4. Titulares de los derechos a los servicios sociales.
- Artículo 5. Principios rectores del sistema de servicios sociales.
- Artículo 6. Derechos de las personas en cuanto destinatarias de los servicios sociales.
- Artículo 7. Derechos de las personas usuarias de servicios sociales.
- Artículo 8. Deberes en relación con los servicios sociales.
- Artículo 9. Carta de derechos y deberes.
- Artículo 10. Sistema público de servicios sociales.
- Artículo 11. Coordinación.
- Artículo 12. Estructura funcional.
- Artículo 13. Los servicios sociales generales.
- Artículo 14. Centro de servicios sociales.
- Artículo 15. Funciones del centro de servicios sociales.
- Artículo 16. Los servicios sociales especializados.
- Artículo 17. Funciones de los servicios sociales especializados.
- Artículo 18. Estructura territorial del sistema público de servicios sociales.
- Artículo 19. Áreas básicas de servicios sociales generales.
- Artículo 20. Ámbito territorial de los servicios sociales especializados.
- Artículo 21. Formas de provisión de las prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales.
- Artículo 22. Gestión directa.
- Artículo 23. Concertación con entidades privadas de iniciativa social.
- Artículo 24. Requisitos exigibles para el régimen de concierto.
- Artículo 25. Ámbito objetivo de la acción concertada.
- Artículo 26. Financiación de los conciertos.
- Artículo 27. Vigencia de los conciertos.
- Artículo 28. Causas de extinción de los conciertos.
- Artículo 29. Formalización de los conciertos.
- Artículo 30. Procedimiento de celebración de los conciertos.
- Artículo 30 bis. Transparencia de costes de prestación de servicios.
- Artículo 31. Otras formas de provisión de prestaciones sociales.
- Artículo 32. Catálogo de Servicios Sociales.
- Artículo 33. Desarrollo del catálogo de servicios sociales.
- Artículo 34. Tipos de prestaciones y sus elementos definidores.
- Artículo 35. Contenido del catálogo de servicios sociales.
- Artículo 36. Prestaciones de servicio.
- Artículo 37. Prestaciones económicas.
- Artículo 38. Prestaciones tecnológicas.
- Artículo 39. Planificación general.
- Artículo 40. Plan estratégico de servicios sociales.
- Artículo 41. Mapa de servicios sociales.
- Artículo 42. Planes sectoriales y específicos.
- Artículo 43. Planes territoriales.
- Artículo 44. Responsabilidad pública.
- Artículo 45. Competencias del Gobierno de Aragón.
- Artículo 46. Competencias del departamento responsable de la materia de servicios sociales.
- Artículo 47. Competencias de las comarcas.
- Artículo 48. Competencias de los municipios.
- Artículo 49. Competencias de las Diputaciones Provinciales.
- Artículo 50. Cooperación interadministrativa.
- Artículo 51. Coordinación administrativa.
- Artículo 52. Consejo Interadministrativo de Servicios Sociales.
- Artículo 53. Sistema Aragonés de Información de Servicios Sociales.
- Artículo 54. Instrumentos técnicos comunes.
- Artículo 55. Garantía de la participación ciudadana.
- Artículo 56. Órganos de participación y consulta.
- Artículo 57. Consejo Aragonés de Servicios Sociales.
- Artículo 58. Órganos especializados de participación.
- Artículo 59. Órganos territoriales de servicios sociales.
- Artículo 60. Participación en los centros y en los servicios sociales.
- Artículo 61. Voluntariado social.
- Artículo 62. Disposiciones generales.
- Artículo 63. Estrategia de calidad.
- Artículo 64. Ética profesional.
- Artículo 65. Profesionalidad e interdisciplinariedad.
- Artículo 66. Derechos y deberes de los profesionales.
- Artículo 67. Profesional de referencia.
- Artículo 68. Formación.
- Artículo 69. Investigación e innovación.
- Artículo 70. Fuentes de financiación.
- Artículo 71. Principios de la financiación.
- Artículo 72. Financiación de equipamientos públicos de servicios sociales.
- Artículo 73. Financiación de los servicios sociales generales.
- Artículo 74. Financiación de los servicios sociales especializados.
- Artículo 75. Obligaciones de las Administraciones públicas.
- Artículo 76. Participación de las personas usuarias en la financiación de los servicios sociales.
- Artículo 77. Exigibilidad de las aportaciones de las personas usuarias.
- Artículo 78. Principio general.
- Artículo 79. Modalidades de iniciativa privada.
- Artículo 80. Autorización administrativa.
- Artículo 81. Acreditación.
- Artículo 82. Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales.
- Artículo 83. Subvenciones a entidades de iniciativa social.
- Artículo 84. Fomento de la iniciativa social.
- Artículo 85. Competencia.
- Artículo 86. Actuaciones sometidas a inspección.
- Artículo 87. Funciones de la inspección.
- Artículo 88. Personal de inspección.
- Artículo 89. Infracciones.
- Artículo 90. Sujetos responsables.
- Artículo 91. Infracciones leves.
- Artículo 92. Infracciones graves.
- Artículo 93. Infracciones muy graves.
- Artículo 94. Sanciones administrativas.
- Artículo 95. Graduación de las sanciones.
- Artículo 96. Reincidencia.
- Artículo 97. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 98. Medidas de protección provisional.
- Artículo 99. Medidas cautelares en el procedimiento sancionador.
- Artículo 100. Destino del importe de las sanciones.
- Artículo 101. Atribución de competencias sancionadoras.
- Disposición adicional primera. Glosario de términos y definiciones en las normas de desarrollo de la Ley.
- Disposición adicional segunda. Garantía de prestaciones en el desarrollo del Catálogo de Servicios Sociales.
- Disposición adicional tercera. Garantía de participación social en la elaboración de las normas de desarrollo de la Ley.
- Disposición adicional cuarta. Ejercicio de las competencias atribuidas a las comarcas en materia de servicios sociales.
- Disposición adicional quinta. Protección de la infancia y de la adolescencia.
- Disposición adicional sexta. Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
- Disposición adicional séptima. Actualización de las cuantías de las sanciones.
- Disposición adicional octava. Cláusulas de contenido social en los contratos relativos a servicios sociales.
- Disposición adicional novena. Entidades colaboradoras en materia de adopción.
- Disposición transitoria primera. Normativa de aplicación transitoria.
- Disposición transitoria segunda. Órganos sectoriales de participación.
- Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio en materia de acreditación de centros y servicios sociales.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Referencias normativas.
- Disposición final segunda. Habilitación normativa.
- Disposición final tercera. Iniciativa legislativa del Gobierno de Aragón.
- Disposición final cuarta. Calendario de desarrollo básico de la presente Ley.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 5/2009?
- Ley 5/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 5/2009?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/2009?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.