Disposición adicional tercera. Garantía de participación social en la elaboración de las normas de desarrollo de la Ley.
Disposición adicional tercera de la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón. · BOE-A-2009-13689
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-07-11.
Texto consolidado
El departamento competente en materia de servicios sociales asegurará, en los procesos de elaboración de las normas de desarrollo de los contenidos de la presente Ley, la máxima participación social, sin perjuicio del papel que corresponda a los órganos de participación y consulta formalmente constituidos.
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