Disposición final segunda. Habilitación normativa.
Disposición final segunda de la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón. · BOE-A-2009-13689
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-07-11.
Texto consolidado
Se faculta al Gobierno de Aragón para la aprobación de las disposiciones generales que requiera el desarrollo y la ejecución de la presente Ley, sin perjuicio de las habilitaciones expresamente previstas a favor de la persona titular del departamento competente en materia de servicios sociales y de las que pueda acordar, en su caso, el Gobierno de Aragón.