Artículo 18. Estructura territorial del sistema público de servicios sociales.
Artículo 18 de la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón. · BOE-A-2009-13689
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-07-11.
Texto consolidado
Los servicios sociales han de organizarse territorialmente de acuerdo con los siguientes principios:
a) Descentralización.
b) Desconcentración.
c) Proximidad a los ciudadanos.
d) Eficacia y eficiencia en la satisfacción de las necesidades sociales.
e) Equilibrio y homogeneidad territorial.
f) Accesibilidad a la información y a los servicios sociales.
g) Coordinación.