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Real Decreto 1054/2014, de 12 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de cesión de los derechos de cobro del déficit del sistema eléctrico del año 2013 y se desarrolla la metodología de cálculo del tipo de interés que devengarán los derechos de cobro de dicho déficit y, en su caso, de los desajustes temporales negativos posteriores.

BOE-A-2014-12973 · Boletín Oficial del Estado, 2014-12-13 · Ministerio de Industria, Energía y Turismo

Real Decreto 1054/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

El Real Decreto 1054/2014 regula el procedimiento para la cesión de los derechos de cobro del déficit del sistema eléctrico correspondiente al año 2013, así como la metodología para calcular el tipo de interés aplicable a dichos derechos. Esta norma es de aplicación a los titulares de los derechos de cobro generados por el déficit mencionado y a los sujetos del sistema de liquidaciones que hayan realizado aportaciones por desajustes temporales desde 2014.

Entre los puntos clave, se establece que los derechos de cobro pueden ser cedidos total o parcialmente y que la cesión será efectiva desde su comunicación a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Además, se determina un plazo de 15 años para recuperar el importe del déficit, que devengará intereses en condiciones de mercado. También se especifica que los derechos de cobro tendrán prioridad en las liquidaciones del sistema eléctrico, asegurando su pago antes que otras obligaciones. Esta norma no ha sido derogada y está vigente desde su publicación en el BOE.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 1054/2014
Fecha de la disposición
2014-12-12
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 301, 2014-12-13
Entrada en vigor
2014-12-13
Departamento
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
34
Identificador BOE
BOE-A-2014-12973
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

I

La disposición adicional decimoctava de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, reconoce para el año 2013 la existencia de un déficit de ingresos de liquidaciones del sistema eléctrico por importe máximo de 3.600 millones de euros, sin perjuicio de los desajustes temporales que pudieran producirse en el sistema de liquidaciones eléctrico para dicho año.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (2)

Normas a las que afecta (6)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 1054/2014?
Real Decreto 1054/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1054/2014?
El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1054/2014?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.