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Real Decreto Vigente

Disposición adicional primera. Cálculos previstos en el presente real decreto.

Disposición adicional primera del Real Decreto 1054/2014, de 12 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de cesión de los derechos de cobro del déficit del sistema eléctrico del año 2013 y se desarrolla la metodología de cálculo del tipo de interés que devengarán los derechos de cobro de dicho déficit y, en su caso, de los desajustes temporales negativos posteriores. · BOE-A-2014-12973

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-13.

Texto consolidado

A efectos de la realización de los cálculos que se deriven de la aplicación de este real decreto se emplearán valores en miles de euros con dos decimales y tipos de interés anuales en porcentaje con tres decimales.

Asimismo, tanto en la definición de los periodos inicial y final como en los cálculos realizados se considerará que todos los años tienen una duración de 365 días.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-12-13.

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