Disposición adicional primera. Cálculos previstos en el presente real decreto.
Disposición adicional primera del Real Decreto 1054/2014, de 12 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de cesión de los derechos de cobro del déficit del sistema eléctrico del año 2013 y se desarrolla la metodología de cálculo del tipo de interés que devengarán los derechos de cobro de dicho déficit y, en su caso, de los desajustes temporales negativos posteriores. · BOE-A-2014-12973
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-13.
Texto consolidado
A efectos de la realización de los cálculos que se deriven de la aplicación de este real decreto se emplearán valores en miles de euros con dos decimales y tipos de interés anuales en porcentaje con tres decimales.
Asimismo, tanto en la definición de los periodos inicial y final como en los cálculos realizados se considerará que todos los años tienen una duración de 365 días.
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