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Real Decreto 1047/2013, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica.

BOE-A-2013-13766 · Boletín Oficial del Estado, 2013-12-30 · Ministerio de Industria, Energía y Turismo

Real Decreto 1047/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

Esta norma regula la metodología para calcular la retribución de las empresas que transportan energía eléctrica en España. Aplica a las instalaciones de transporte de energía eléctrica que tengan autorización de explotación, tanto anteriores como posteriores al 1 de enero de 2008, y entró en vigor el 28 de diciembre de 2013.

Los puntos clave de este Real Decreto son: 1) Establece que la retribución se calculará en función de los activos en servicio no amortizados y comenzará a devengarse desde el 1 de enero del año siguiente a su puesta en servicio. 2) Introduce una tasa de retribución financiera vinculada a las Obligaciones del Estado a 10 años, buscando una retribución adecuada para una actividad de bajo riesgo. 3) Se contemplan incentivos económicos para mejorar la disponibilidad de las instalaciones de transporte. 4) Se establece un régimen económico para los pagos por estudios de acceso y conexión a la red de transporte, que deben ser sufragados por los productores de energía eléctrica.

Este Real Decreto no está derogado y sigue vigente, consolidando un marco regulatorio claro y predecible para el sector del transporte de energía eléctrica en España.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 1047/2013
Fecha de la disposición
2013-12-27
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 312, 2013-12-30
Entrada en vigor
2013-12-31
Departamento
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
39
Identificador BOE
BOE-A-2013-13766
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, establecía en sus artículos 11 y 16 que el transporte de energía eléctrica tiene carácter de actividad regulada, y que su régimen económico será objeto de desarrollo reglamentario por parte del Gobierno.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (2)

Normas a las que afecta (3)

Normativa relacionada por sector

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 1047/2013?
Real Decreto 1047/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1047/2013?
El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1047/2013?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.