Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
BOE-A-2014-6123 · Boletín Oficial del Estado, 2014-06-10 · Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Real Decreto 413/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-03.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 413/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-06-06
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 140, 2014-06-10
- Entrada en vigor
- 2014-06-11
- Departamento
- Ministerio de Industria, Energía y Turismo
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-02-03
- Artículos
- 107
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-6123
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
La generación de energía eléctrica procedente de fuentes de energía renovables y el aumento de la eficiencia energética constituyen un pilar fundamental para la consecución de los objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero así como de otros objetivos comunitarios e internacionales, revistiendo, a la par, una considerable importancia para el debido fomento de la seguridad del abastecimiento energético, del desarrollo tecnológico y de la innovación.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Potencia instalada.
- Artículo 4. Instalaciones híbridas.
- Artículo 5. Contratos con las empresas de red.
- Artículo 6. Derechos de los productores de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
- Artículo 7. Obligaciones de los productores a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
- Artículo 8. Remisión de documentación.
- Artículo 9. Participación en el mercado.
- Artículo 10. Participación en los servicios de ajuste del sistema.
- Artículo 11. Aspectos generales del régimen retributivo específico.
- Artículo 12. Otorgamiento del régimen retributivo específico.
- Artículo 13. Instalaciones tipo.
- Artículo 14. Criterios para la aplicación del régimen retributivo específico a cada instalación.
- Artículo 15. Periodos regulatorios.
- Artículo 16. Retribución a la inversión de la instalación tipo.
- Artículo 17. Retribución a la operación de la instalación tipo.
- Artículo 18. Incentivo a la inversión por reducción del coste de generación.
- Artículo 19. Revisión del valor sobre el que girará la rentabilidad razonable.
- Artículo 20. Revisión y actualización de los parámetros retributivos.
- Artículo 21. Correcciones de los ingresos anuales procedentes del régimen retributivo específico de una instalación como consecuencia del número de horas equivalentes de funcion…
- Artículo 22. Estimación del precio de mercado y ajuste por desviaciones en el precio del mercado.
- Artículo 23. Retribución por participación en los servicios de ajuste del sistema.
- Artículo 24. Ayudas públicas y otros ingresos derivados de la explotación.
- Artículo 25. Retribución de las instalaciones híbridas.
- Artículo 26. Efectos retributivos de la modificación de las instalaciones con derecho a la percepción de régimen retributivo específico.
- Artículo 27. Condiciones de eficiencia energética de las cogeneraciones.
- Artículo 28. Devengo del régimen retributivo.
- Artículo 29. Liquidaciones del régimen retributivo específico.
- Artículo 29 bis. Particularidades relativas a las obligaciones de ingreso correspondientes a las liquidaciones del régimen retributivo específico.
- Artículo 30. Inspecciones de instalaciones de producción con régimen retributivo específico.
- Artículo 31. Renuncia definitiva al régimen retributivo específico.
- Artículo 32. Incumplimiento de las condiciones de eficiencia energética.
- Artículo 33. Incumplimiento de los límites en el consumo de combustibles en función de las categorías, grupos y subgrupos.
- Artículo 33 bis. Incumplimiento de los criterios de sostenibilidad y de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero aplicables a los biolíquidos, biogás y combusti…
- Artículo 33 ter. Incumplimiento de las obligaciones de recogida separada de residuos aplicables a las instalaciones del grupo c.1 y c.2.
- Artículo 34. Renuncia temporal al régimen retributivo específico para las cogeneraciones y las instalaciones a las que se refieren los apartados 2, 3 y 4 del artículo 33.
- Artículo 35. Competencias administrativas.
- Artículo 36. Autorización de instalaciones.
- Artículo 37. Inscripción en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica.
- Artículo 38. Coordinación con las comunidades autónomas y con otros organismos.
- Artículo 39. Inscripción previa.
- Artículo 40. Inscripción definitiva.
- Artículo 41. Caducidad y cancelación de la inscripción previa.
- Artículo 42. Cancelación y revocación de la inscripción definitiva.
- Artículo 43. Registro de régimen retributivo específico.
- Artículo 44. Garantías.
- Artículo 45. Procedimiento de inscripción en el registro de régimen retributivo específico en estado de preasignación.
- Artículo 46. Requisitos necesarios para la inscripción en el registro de régimen retributivo específico en estado de explotación.
- Artículo 47. Procedimiento de inscripción en el registro de régimen retributivo específico en estado de explotación.
- Artículo 48. Cancelación por incumplimiento de la inscripción en el registro de régimen retributivo específico en estado de preasignación.
- Artículo 49. Cancelación de la inscripción en el registro de régimen retributivo específico en estado de explotación.
- Artículo 50. Modificación de los datos de instalaciones inscritas en el registro del régimen retributivo específico.
- Artículo 51. Procedimientos administrativos a efectos retributivos relativos a la modificación de las instalaciones con derecho a la percepción de régimen retributivo específico.
- Artículo 52. Tratamiento de los datos.
- Artículo 53. Representantes.
- Disposición adicional primera. Particularidades del primer periodo regulatorio.
- Disposición adicional segunda. Instalaciones con derecho a la percepción de régimen económico primado a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, por el q…
- Disposición adicional tercera. Instalaciones adjudicatarias del concurso de instalaciones de tecnología solar termoeléctrica de carácter innovador.
- Disposición adicional cuarta. Establecimiento de un régimen retributivo específico al amparo de la disposición adicional decimocuarta de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
- Disposición adicional quinta. Establecimiento de un régimen retributivo específico para nuevas instalaciones eólicas y fotovoltaicas y las modificaciones de las existentes en lo…
- Disposición adicional sexta. Procedimiento de inscripción en el registro de régimen retributivo específico en estado de explotación para las instalaciones que hayan sido inscrit…
- Disposición adicional séptima. Procedimientos relativos a la revocación del derecho económico y a la cancelación por incumplimiento de las inscripciones en el registro de régime…
- Disposición adicional octava. Procedimientos relativos a la revocación del derecho económico de las instalaciones que con anterioridad a su inscripción en el registro de régimen…
- Disposición adicional novena. Ajustes de la liquidación de las tarifas y primas correspondientes a la energía eléctrica imputable a la utilización de un combustible, en las inst…
- Disposición adicional décima. Devolución de las garantías depositadas para la inscripción en el registro de preasignación de retribución.
- Disposición adicional undécima. Potencia instalada.
- Disposición adicional duodécima. Obligación de adscripción a un centro de control de generación y demanda y de envío de telemedidas para las instalaciones no incluidas en el ámb…
- Disposición adicional decimotercera. Revocación del régimen retributivo específico para aquellas instalaciones que no estén totalmente finalizadas al vencimiento del plazo límite.
- Disposición adicional decimocuarta. Instalaciones ubicadas en los territorios no peninsulares.
- Disposición adicional decimoquinta. Adecuación del registro de instalaciones de producción de energía eléctrica a la nueva clasificación establecida en el artículo 2 del present…
- Disposición adicional decimosexta. Comunicaciones por vía electrónica relativas a los procedimientos de inscripción de instalaciones en el registro administrativo de instalacion…
- Disposición adicional decimoséptima. Acceso por vía electrónica a los datos del registro de régimen retributivo específico por parte de los titulares y sus representantes.
- Disposición adicional decimoctava. Corrección de los ingresos anuales procedentes del régimen retributivo específico correspondiente a 2013 como consecuencia del número de horas…
- Disposición adicional decimonovena. Supresión de registros.
- Disposición adicional vigésima. Referencias catastrales en Navarra y el País Vasco.
- Disposición adicional vigesimoprimera. Efectos en los permisos de acceso y conexión de la transformación de instalaciones de cogeneración de combustibles fósiles a renovables.
- Disposición adicional vigesimosegunda. Energía renovable procedente de residuos.
- Disposición adicional vigesimotercera. Sistemas de apoyo a la energía procedente de fuentes renovables.
- Disposición transitoria primera. Inscripción en el registro de régimen retributivo específico de las instalaciones con derecho a la percepción de régimen económico primado a la …
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de vigencia del complemento por continuidad de suministro frente a huecos de tensión regulado en el Real Decreto 661/2007, d…
- Disposición transitoria tercera. Remisión de información.
- Disposición transitoria cuarta. Intercambio de información por vía electrónica.
- Disposición transitoria quinta. Acceso y conexión a la red.
- Disposición transitoria sexta. Aplicación de los requisitos de respuesta frente a huecos de tensión.
- Disposición transitoria séptima. Cumplimiento de la obligación de adscripción a un centro de control de generación por las instalaciones y agrupaciones de instalaciones.
- Disposición transitoria octava. Particularidades relativas a determinadas liquidaciones del régimen retributivo específico.
- Disposición transitoria novena. Condiciones de eficiencia energética y configuración de medida para las instalaciones de cogeneración.
- Disposición transitoria décima. Prueba de potencia neta.
- Disposición transitoria undécima. Instalaciones que transitoriamente no dispongan de equipo de medida horaria.
- Disposición transitoria duodécima. Expedientes en tramitación de cancelación por incumplimiento de las inscripciones en el registro de preasignación de retribución, al amparo de…
- Disposición transitoria decimotercera. Consideración sobre la participación en los servicios de ajuste del sistema.
- Disposición transitoria decimocuarta. Cumplimiento de la obligación de seguimiento de instrucciones dictadas por el operador del sistema para la modificación del rango de factor…
- Disposición transitoria decimoquinta. Instalaciones con diferentes modalidades de representación ante los distintos organismos.
- Disposición transitoria decimosexta. Adaptación del sistema de retribución de energías renovables, cogeneración y residuos al procedimiento establecido para las liquidaciones de…
- Disposición transitoria decimoséptima. Solicitudes y convocatorias al amparo del Real Decreto 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspec…
- Disposición transitoria decimoctava. Hitos relativos al cumplimiento de los criterios de sostenibilidad y de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero aplicables…
- Disposición transitoria decimonovena. Aplicación de las obligaciones de recogida separada de residuos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Modificación del Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico aprobado mediante el Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto.
- Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 1003/2010, de 5 de agosto, por el que se regula la liquidación de la prima equivalente a las instalaciones de producción…
- Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 1544/2011, de 31 de octubre, por el que se establecen los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución que d…
- Disposición final quinta. Modificación del Real Decreto 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica…
- Disposición final sexta. No incremento de gasto.
- Disposición final séptima. Desarrollo normativo y modificaciones del contenido de los anexos.
- Disposición final octava. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (28)
Normas a las que afecta (8)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 413/2014?
- Real Decreto 413/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-03.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 413/2014?
- El BOE registra 28 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 413/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.