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Real Decreto Vigente

Artículo 6. Valor base del derecho de cobro correspondiente a la financiación del déficit del año 2013.

Artículo 6 del Real Decreto 1054/2014, de 12 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de cesión de los derechos de cobro del déficit del sistema eléctrico del año 2013 y se desarrolla la metodología de cálculo del tipo de interés que devengarán los derechos de cobro de dicho déficit y, en su caso, de los desajustes temporales negativos posteriores. · BOE-A-2014-12973

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-13.

Texto consolidado

El valor base del derecho de cobro del déficit de ingresos de liquidaciones del sistema eléctrico en el año 2013 será el importe pendiente de cobro a fecha de inicio del periodo final, calculado de acuerdo con el apartado 3.3 del anexo III.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-12-13.

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