Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados.
BOE-A-2006-12916 · Boletín Oficial del Estado, 2006-07-18 · Jefatura del Estado
Ley 26/2006 está derogada desde el 2020-02-06: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 26/2006
- Fecha de la disposición
- 2006-07-17
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 170, 2006-07-18
- Entrada en vigor
- 2006-07-19
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2020-02-06
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 89
- Identificador BOE
- BOE-A-2006-12916
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación y definiciones.
- Artículo 3. Exclusiones.
- Artículo 4. Distribución de productos de seguro a través de las redes de las entidades aseguradoras.
- Artículo 5. Prohibiciones.
- Artículo 6. Obligaciones generales.
- Artículo 7. Clasificación.
- Artículo 8. Los colaboradores externos de los mediadores de seguros:
- Artículo 9. Concepto y clases de agentes de seguros.
- Artículo 10. Contrato de agencia de seguros.
- Artículo 11. Contenido económico y extinción del contrato de agencia de seguros.
- Artículo 12. Obligaciones frente a terceros.
- Artículo 13. Concepto y requisitos de los agentes de seguros exclusivos.
- Artículo 14. Actuación por cuenta de otra entidad aseguradora.
- Artículo 15. Registro de agentes de seguros exclusivos.
- Artículo 16. Formación de los agentes de seguros exclusivos.
- Artículo 17. Publicidad y documentación mercantil de mediación de seguros privados de los agentes de seguros exclusivos.
- Artículo 18. Responsabilidad civil profesional y frente a la Administración de los agentes de seguros exclusivos.
- Artículo 19. Incompatibilidades de los agentes de seguros exclusivos.
- Artículo 20. Concepto.
- Artículo 21. Requisitos para ejercer como agente de seguros vinculado.
- Artículo 22. Documentación y publicidad mercantil de la actividad de mediación de seguros privados de los agentes de seguros vinculados.
- Artículo 23. Responsabilidad de los agentes de seguros vinculados frente a la Administración.
- Artículo 24. Incompatibilidades de los agentes de seguros vinculados.
- Artículo 25. Ejercicio de la actividad de agente de seguros como operador de banca-seguros.
- Artículo 26. Corredores de seguros.
- Artículo 27. Requisitos para ejercer la actividad de corredor de seguros.
- Artículo 28. Vínculos estrechos y régimen de participaciones significativas.
- Artículo 29. Relaciones con las entidades aseguradoras y con la clientela.
- Artículo 30. Responsabilidad de los corredores de seguros frente a la Administración.
- Artículo 31. Incompatibilidades de los corredores de seguros.
- Artículo 32. Incompatibilidades en las sociedades de correduría de seguros.
- Artículo 33. Obligaciones frente a terceros.
- Artículo 34. Concepto.
- Artículo 35. Requisitos para ejercer la actividad de corredor de reaseguros.
- Artículo 36. Contenido de las relaciones mercantiles con las entidades reaseguradoras.
- Artículo 37. Obligaciones frente a terceros.
- Artículo 38. Responsabilidad de los corredores de reaseguros frente a la Administración.
- Artículo 39. Requisitos y organización.
- Artículo 40. Actividades en régimen de derecho de establecimiento o en régimen de libre prestación de servicios.
- Artículo 41. Remisión general.
- Artículo 42. Información que deberá proporcionar el mediador de seguros antes de la celebración de un contrato de seguro.
- Artículo 43. Modalidades de transmisión de la información.
- Artículo 44. Obligación de atender y resolver quejas y reclamaciones.
- Artículo 45. Defensor del cliente.
- Artículo 46. Protección administrativa del cliente de los servicios financieros.
- Artículo 47. Distribución de competencias.
- Artículo 48. Control de los mediadores de seguros y de los corredores de reaseguros.
- Artículo 49. Obligaciones contables y deber de información estadístico-contable.
- Artículo 50. Deber de secreto profesional.
- Artículo 51. Deber de colaboración con los Estados miembros del Espacio Económico Europeo y obligaciones de información.
- Artículo 52. Inscripción.
- Artículo 53. Cancelación de la inscripción.
- Artículo 54. Responsabilidad frente a la Administración.
- Artículo 55. Infracciones.
- Artículo 56. Sanciones.
- Artículo 57. Responsabilidad de los que ejercen cargos de administración y dirección en las sociedades de agencia de seguros vinculadas, operadores de banca-seguros vinculados, …
- Artículo 58. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 59. Competencias administrativas.
- Artículo 60. Remisión al régimen sancionador de las entidades aseguradoras.
- Artículo 61. Medidas de control especial.
- Artículo 62. Condición de responsable o encargado del tratamiento.
- Artículo 63. Otras normas de protección de datos.
- Artículo 64. Colegios de mediadores de seguros.
- Artículo 65. Inicio de la actividad.
- Artículo 66. Ordenación y supervisión de mediadores de seguros y de reaseguros inscritos.
- Artículo 67. Medidas de intervención.
- Artículo 68. Información que deberá proporcionar el mediador de seguros.
- Disposición adicional primera. Legislación supletoria.
- Disposición adicional segunda. Contratos de agencia.
- Disposición adicional tercera. Agencias de suscripción.
- Disposición adicional cuarta. Tasa por inscripción de mediadores de seguros y corredores de reaseguros en el Registro de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
- Disposición adicional quinta. Convalidación del diploma de Mediador de Seguros Titulado.
- Disposición adicional sexta. Transformación de los Colegios de mediadores de seguros titulados y de su Consejo General.
- Disposición adicional séptima. Aplicación de la legislación de extranjería.
- Disposición adicional octava. Modificación de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Disposición adicional novena. Tratamiento de datos en caso de contrato de reaseguro.
- Disposición adicional décima. Modificación de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguro.
- Disposición adicional undécima. Requisitos y principios básicos de los programas de formación para los mediadores de seguros y corredores de reaseguros y demás personas que part…
- Disposición transitoria primera. Adaptación de los agentes de seguros exclusivos.
- Disposición transitoria segunda. Adaptación de los operadores de banca-seguros, de los corredores de seguros y de los corredores de reaseguros.
- Disposición transitoria tercera. Normas provisionales sobre los requisitos para ejercer como agente de seguros vinculado, operador de banca-seguros vinculado, corredor de seguro…
- Disposición transitoria cuarta. Adaptación del Registro administrativo actual al especial de mediadores de seguros, corredores de reaseguros y de sus altos cargos.
- Disposición transitoria quinta. Pruebas de aptitud y cursos de formación.
- Disposición transitoria sexta. Información a la clientela de la retribución del corredor de seguros.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Habilitación competencial y legislación básica.
- Disposición final segunda. Potestad reglamentaria.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (11)
Normas a las que afecta (7)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 26/2006?
- Ley 26/2006 está derogada desde el 2020-02-06: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 26/2006?
- El BOE registra 11 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 26/2006?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.