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Ley Derogada

Artículo 46. Protección administrativa del cliente de los servicios financieros.

Artículo 46 de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados. · BOE-A-2006-12916

Atención: Ley 26/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El cliente de los servicios de mediación de seguros podrá presentar quejas y reclamaciones, relacionadas con sus intereses y derechos legalmente reconocidos, ante el órgano administrativo y conforme al procedimiento establecido en la normativa sobre protección del cliente de los servicios financieros.

Tratándose de quejas y reclamaciones referentes a la actuación de mediadores de seguros residentes o domiciliados en España y de sucursales en España de mediadores de seguros de otros países del Espacio Económico Europeo, será imprescindible acreditar haber formulado la queja o reclamación previamente, por escrito, ante el departamento o servicio de atención al cliente de la entidad o, en su caso, ante el defensor del cliente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-07-19.

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