Disposición adicional quinta. Convalidación del diploma de Mediador de Seguros Titulado.
Disposición adicional quinta de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados. · BOE-A-2006-12916
Atención: Ley 26/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El diploma de Mediador de Seguros Titulado regulado en la legislación que se deroga surtirá los efectos de haber superado el curso de formación o prueba de aptitud, previstos en el artículo 39 de esta Ley.
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