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Ley Derogada

Artículo 58. Prescripción de infracciones y sanciones.

Artículo 58 de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados. · BOE-A-2006-12916

Atención: Ley 26/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las infracciones muy graves prescribirán a los cinco años, las graves a los tres años y las leves, a los dos años.

2. Las sanciones por infracciones muy graves prescribirán a los cinco años, las graves a los tres años y las sanciones por infracciones leves, a los dos años.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-07-19.

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