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Ley Derogada

Disposición transitoria sexta. Información a la clientela de la retribución del corredor de seguros.

Disposición transitoria sexta de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados. · BOE-A-2006-12916

Atención: Ley 26/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los corredores de seguros dispondrán de un plazo de seis meses, a partir de la entrada en vigor de esta Ley, para emitir el justificante a que se refiere el artículo 29.2 relativo a la obligación de informar a la clientela del importe total de su retribución.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-07-19.

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