Disposición transitoria sexta. Información a la clientela de la retribución del corredor de seguros.
Disposición transitoria sexta de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados. · BOE-A-2006-12916
Atención: Ley 26/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los corredores de seguros dispondrán de un plazo de seis meses, a partir de la entrada en vigor de esta Ley, para emitir el justificante a que se refiere el artículo 29.2 relativo a la obligación de informar a la clientela del importe total de su retribución.