Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.
BOE-A-2007-1893 · Boletín Oficial del Estado, 2007-01-30 · Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Ley 20/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-29.
Datos clave
- Rango
- Ley 20/2006
- Fecha de la disposición
- 2006-12-15
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 26, 2007-01-30
- Entrada en vigor
- 2006-12-31
- Departamento
- Comunidad Autónoma de las Illes Balears
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-01-29
- Artículos
- 222
- Identificador BOE
- BOE-A-2007-1893
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha aprobado y yo, en nombre del Rey, y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 27.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La entrada en vigor de la Ley de bases del régimen local de 1985, al amparo del artículo 149.1.18 de la Constitución de 1978, supuso una nueva concepción de la Administración local.
Índice del articulado
- Artículo 1. Organización territorial.
- Artículo 2. Otras entidades locales.
- Artículo 3. Principios de organización.
- Artículo 4. Representación objetiva de los intereses locales.
- Artículo 5. Fuentes del régimen local.
- Artículo 6. Consejos.
- Artículo 7. Composición y competencia.
- Artículo 8. Remisión a la ley específica.
- Artículo 9. Elementos del municipio.
- Artículo 10. Identificación.
- Artículo 11. Supuestos.
- Artículo 12. Requisitos.
- Artículo 13. Creación de un nuevo municipio.
- Artículo 14. Procedimiento.
- Artículo 15. Contenido de la resolución.
- Artículo 16. Deslinde de términos municipales.
- Artículo 17. Definición.
- Artículo 18. Interdicción de la discriminación.
- Artículo 19. Registro de la población estacional.
- Artículo 20. Organización municipal.
- Artículo 21. Competencias orgánicas.
- Artículo 22. Órganos municipales de carácter obligatorio.
- Artículo 23. La junta de gobierno local.
- Artículo 24. Órganos de consulta, estudio y control.
- Artículo 25. Estructura orgánica de la administración municipal.
- Artículo 26. La gerencia municipal especializada.
- Artículo 27. Régimen especial del municipio de Palma de Mallorca.
- Artículo 28. Municipios de régimen especial.
- Artículo 29. Competencias.
- Artículo 30. Derecho de asociación de los municipios.
- Artículo 31. Convenios intermunicipales.
- Artículo 32. Competencias de las mancomunidades.
- Artículo 33. Procedimiento para crear una mancomunidad.
- Artículo 34. Composición de la comisión gestora.
- Artículo 35. Estatutos de las mancomunidades.
- Artículo 36. Procedimiento para aprobar los estatutos.
- Artículo 37. Modificación de los estatutos.
- Artículo 38. Adhesión de otros municipios.
- Artículo 39. Separación de municipios.
- Artículo 40. Disolución de la mancomunidad.
- Artículo 41. Medidas de fomento.
- Artículo 42. Competencia específica.
- Artículo 43. Derecho de asociación mediante consorcios.
- Artículo 44. Formalización de convenios.
- Artículo 45. Competencias.
- Artículo 46. Régimen jurídico.
- Artículo 47. Forma de constitución.
- Artículo 48. Hacienda.
- Artículo 49. Patrimonio.
- Artículo 50. Personal.
- Artículo 51. Creación de entidades locales menores.
- Artículo 52. Procedimiento de creación, modificación y supresión de entidades locales menores.
- Artículo 53. Naturaleza de las entidades locales menores.
- Artículo 54. Competencias de las entidades locales menores.
- Artículo 55. Órganos de gobierno de la entidad local menor.
- Artículo 56. Áreas metropolitanas.
- Artículo 57. Entes autónomos locales, distritos y delegaciones territoriales.
- Artículo 58.
- Artículo 59. Transferencia de competencias.
- Artículo 60. Delegación del ejercicio de la competencia y encomienda de gestión de actividades y servicios.
- Artículo 61. Régimen de la delegación.
- Artículo 62. Dirección y control del ente delegante.
- Artículo 63. Régimen de la encomienda de gestión.
- Artículo 64. Delegación del ejercicio de la competencia y encomienda de gestión por consejos y ayuntamientos.
- Artículo 65. Dispensa de la prestación de servicios obligatorios.
- Artículo 66.
- Artículo 67. Cooperación interadministrativa.
- Artículo 68. Convenios, sociedades instrumentales y consorcios.
- Artículo 69. Régimen jurídico.
- Artículo 70. Asistencia a las sesiones e incumplimiento de deberes.
- Artículo 71. Intervención en debates y votaciones.
- Artículo 72. Acceso a la información.
- Artículo 73. Incompatibilidades.
- Artículo 74. Retribuciones e indemnizaciones.
- Artículo 75. Registro de intereses.
- Artículo 76. Creación y composición.
- Artículo 77. Funcionamiento y medios.
- Artículo 78. Junta de portavoces.
- Artículo 79. Sesiones.
- Artículo 80. Sesiones ordinarias y extraordinarias.
- Artículo 81. Convocatoria.
- Artículo 82. Orden del día.
- Artículo 83. Publicidad de las sesiones.
- Artículo 84. Quórum de asistencia.
- Artículo 85. Informes previos de adecuación a la legalidad.
- Artículo 86. Enmiendas y votos particulares.
- Artículo 87. Propuestas.
- Artículo 88. Régimen de sesiones de la junta de gobierno local.
- Artículo 89. Periodicidad de sesiones de los órganos complementarios.
- Artículo 90. Funcionamiento de la Comisión especial de cuentas.
- Artículo 91. Debate y votaciones plenarios.
- Artículo 92. Forma de expresión del voto.
- Artículo 93. Clases de votaciones.
- Artículo 94. Quórum de adopción de acuerdos.
- Artículo 95. Ruegos y preguntas.
- Artículo 96. Régimen de funcionamiento de los demás órganos colegiados.
- Artículo 97. Actas.
- Artículo 98. Libro de actas.
- Artículo 99. Libro de decretos y resoluciones.
- Artículo 100. Potestad normativa reglamentaria.
- Artículo 101. Reglamentos y ordenanzas.
- Artículo 102. Procedimiento de elaboración de reglamentos y ordenanzas.
- Artículo 103. Entrada en vigor.
- Artículo 104. Bandos.
- Artículo 105. Procedimiento y régimen jurídico de los actos y acuerdos.
- Artículo 106. Revisión de actos y acuerdos.
- Artículo 107. Recursos.
- Artículo 108. Órganos especiales para reclamaciones y recursos.
- Artículo 109. Conflictos de atribuciones.
- Artículo 110. Conflictos de competencia.
- Artículo 111. Obligación de remisión de información.
- Artículo 112. Medidas ante infracciones del ordenamiento jurídico.
- Artículo 113. Requerimiento de anulación.
- Artículo 114. Impugnación de actos y de acuerdos locales.
- Artículo 115. Impugnación por las entidades locales de actos de otras administraciones.
- Artículo 116. Principios generales.
- Artículo 117. Cartas de servicios.
- Artículo 118. Derechos fundamentales de la ciudadanía.
- Artículo 119. Derecho de información en relación con la Administración local.
- Artículo 119 bis Publicidad activa.
Normas que la modifican o afectan (28)
Normas a las que afecta (6)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 20/2006?
- Ley 20/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-29.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 20/2006?
- El BOE registra 28 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 20/2006?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.