Ley 16/2002, de 28 de junio, de Educación Permanente de Aragón.
BOE-A-2002-15460 · Boletín Oficial del Estado, 2002-07-31 · Comunidad Autónoma de Aragón
Ley 16/2002 está derogada desde el 2019-03-26: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 16/2002
- Fecha de la disposición
- 2002-06-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 182, 2002-07-31
- Entrada en vigor
- 2002-07-09
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2019-03-26
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 45
- Identificador BOE
- BOE-A-2002-15460
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Estatuto de Autonomía.
PREÁMBULO
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definición y finalidad de la educación permanente.
- Artículo 3. Destinatarios.
- Artículo 4. Objetivos.
- Artículo 5. Características de la educación permanente.
- Artículo 6. Ámbitos de actuación.
- Artículo 7. Ámbitos, modalidades y programas de formación.
- Artículo 8. Diseño de programas.
- Artículo 9. Admisión a los programas de educación permanente.
- Artículo 10. Reconocimiento de la experiencia.
- Artículo 11. Orientación.
- Artículo 12. Plan General de Educación Permanente de Aragón.
- Artículo 13. Competencias administrativas y coordinación de programas.
- Artículo 14. Colaboración con los agentes de educación permanente.
- Artículo 15. Censo de programas.
- Artículo 16. Recursos humanos.
- Artículo 17. Cualificación de los recursos humanos.
- Artículo 18. Sede de las actuaciones.
- Artículo 19. Titulaciones, certificaciones y diplomas.
- Artículo 20. Nuevos diplomas y certificaciones.
- Artículo 21. Participación y asesoramiento.
- Artículo 22. Consejo de la Educación Permanente de Aragón.
- Artículo 23. Composición.
- Artículo 24. Funciones.
- Artículo 25. Comisiones Territoriales de Educación Permanente.
- Artículo 26 Calidad.
- Artículo 27. Evaluación.
- Artículo 28. Formación de formadores.
- Artículo 29. Acreditación didáctica y pedagógica.
- Artículo 30. Innovación y desarrollo.
- Artículo 31. Red de Centros y Aulas de Educación Permanente.
- Artículo 32. Definición de las redes educativas de educación permanente.
- Artículo 33. Autorización administrativa y autonomía de gestión.
- Artículo 34. Ámbito territorial y ubicación.
- Artículo 35. Aulas de Educación Permanente.
- Artículo 36. Secciones de Educación Permanente.
- Artículo 37. Compromiso de los poderes públicos.
- Artículo 38. Gestión de los programas.
- Artículo 39. Innovación, investigación y cualificación de los recursos humanos.
- Disposición adicional primera. Dependencia del personal docente.
- Disposición adicional segunda. Requisitos de los centros.
- Disposición adicional tercera. Acceso a ayudas o subvenciones.
- Disposición derogatoria única. Derogación de disposiciones.
- Disposición final primera. Autorización de desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 16/2002?
- Ley 16/2002 está derogada desde el 2019-03-26: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 16/2002?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 16/2002?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.