Artículo 15. Censo de programas.
Artículo 15 de la Ley 16/2002, de 28 de junio, de Educación Permanente de Aragón. · BOE-A-2002-15460
Atención: Ley 16/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se crea el Censo de Programas de Educación Permanente de Aragón, con el fin de recoger las actuaciones de los distintos programas que componen el Plan General de Educación Permanente. Su definición, su adscripción y su forma de funcionamiento serán establecidas reglamentariamente.