Artículo 10. Reconocimiento de la experiencia.
Artículo 10 de la Ley 16/2002, de 28 de junio, de Educación Permanente de Aragón. · BOE-A-2002-15460
Atención: Ley 16/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Igualmente, el Gobierno de Aragón colaborará con el resto de las administraciones públicas y los agentes sociales para impulsar sistemas que permitan valorar, en el acceso a los procesos de formación, la experiencia y conocimientos adquiridos anteriormente por los destinatarios.