Ley 14/2008, de 18 de noviembre, de Asociaciones de la Comunitat Valenciana.
BOE-A-2008-19735 · Boletín Oficial del Estado, 2008-12-06 · Comunitat Valenciana
Ley 14/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula el marco jurídico de las asociaciones en la Comunitat Valenciana, promoviendo su creación y funcionamiento desde el 18 de noviembre de 2008. Aplica a todas las asociaciones de carácter docente, cultural, artístico, benéfico-asistencial y de voluntariado social que operen en esta comunidad.
Entre los puntos clave, la ley establece que las asociaciones deben inscribirse en el Registro de Asociaciones de la Comunitat Valenciana, lo que les otorga personalidad jurídica y derechos de representación. También se contempla la promoción del uso de tecnologías de la información para facilitar la gestión y comunicación dentro de las asociaciones. Además, se reconoce el derecho de las personas asociadas a participar en la toma de decisiones y a acceder a la información sobre la gestión de la asociación, garantizando así la transparencia y la participación activa. La ley también prevé la creación de un Consejo Valenciano de Asociaciones para fomentar la colaboración entre el gobierno y las asociaciones.
No está derogada ni anulada, por lo que sigue vigente y en aplicación.
Datos clave
- Rango
- Ley 14/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-11-18
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 294, 2008-12-06
- Entrada en vigor
- 2009-03-25
- Departamento
- Comunitat Valenciana
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 72
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-19735
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos que Les Corts han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley:
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Fines.
- Artículo 3. Directrices de actuación.
- Artículo 4. Competencia.
- Artículo 5. Cooperación y auxilio interadministrativo.
- Artículo 6. Coordinación interadministrativa.
- Artículo 7. Utilización de las nuevas tecnologías de la información en convocatorias y reuniones.
- Artículo 8. Informatización y presencia en Internet de las asociaciones valencianas.
- Artículo 9. Protección de datos de carácter personal.
- Artículo 10. Actividades económicas.
- Artículo 11. Régimen jurídico.
- Artículo 12. Constitución de la asociación.
- Artículo 13. Estatutos de la asociación.
- Artículo 14. Denominación de la asociación.
- Artículo 15. Utilización de símbolos y signos de identificación de las asociaciones.
- Artículo 16. Obligaciones documentales.
- Artículo 17. Obligaciones contables, fiscales y patrimoniales.
- Artículo 18. Domicilio y ámbito territorial.
- Artículo 19. Uniones de asociaciones.
- Artículo 20. Responsabilidad de las asociaciones no inscritas.
- Artículo 21. Responsabilidad de las asociaciones inscritas.
- Artículo 22. Derechos de las personas asociadas.
- Artículo 23. El derecho de voto.
- Artículo 24. Infracciones.
- Artículo 25. Sanciones.
- Artículo 26. Procedimiento disciplinario.
- Artículo 27. Creación del Consejo Valenciano de Asociaciones.
- Artículo 28. Composición y funciones.
- Artículo 29. Creación de los consejos sectoriales de asociaciones.
- Artículo 30. Naturaleza y composición.
- Artículo 31. Fomento del asociacionismo.
- Artículo 32. Subvenciones y convenios.
- Artículo 33. Declaración.
- Artículo 34. Procedimiento.
- Artículo 35. Efectos.
- Artículo 36. Competencias.
- Artículo 37. Convocatoria.
- Artículo 38. Constitución de la asamblea general.
- Artículo 39. Adopción de acuerdos.
- Artículo 40. Impugnación de acuerdos.
- Artículo 41. Actas de la asamblea general.
- Artículo 42. Competencia y estructura.
- Artículo 43. Funcionamiento.
- Artículo 44. Elección, duración y separación del cargo.
- Artículo 45. Ejercicio del cargo.
- Artículo 46. Delegaciones.
- Artículo 47. Responsabilidades.
- Artículo 48. Documentación e impugnación de acuerdos.
- Artículo 49. Modificación de los estatutos.
- Artículo 50. Causas de disolución de la asociación.
- Artículo 51. Modos de disolución.
- Artículo 52. Liquidación.
- Artículo 53. Operaciones de liquidación.
- Artículo 54. Regulación.
- Artículo 55. Asociaciones infantiles y juveniles.
- Artículo 56. Otras asociaciones de carácter especial.
- Artículo 57. Objeto y funcionamiento.
- Artículo 58. Publicidad.
- Artículo 59. Efectos de la inscripción.
- Artículo 60. Actos inscribibles.
- Artículo 61. Régimen jurídico aplicable a los actos del Registro.
- Artículo 62. Asociaciones no inscritas.
- Artículo 63. Tratamiento informático y transmisión de datos.
- Artículo 64. Acceso telemático a los datos del Registro de Asociaciones de la Comunitat Valenciana.
- Artículo 65. Procedimientos electrónicos.
- Artículo 66. Validez y eficacia de los documentos electrónicos.
- Disposición adicional única. Exención de tasas.
- Disposición derogatoria única. Normativa afectada.
- Disposición final primera. Adaptación de estatutos.
- Disposición final segunda. Carácter supletorio de la ley.
- Disposición final tercera. Habilitación reglamentaria.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia. |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 14/2008?
- Ley 14/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 14/2008?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 14/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.