El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 48. Documentación e impugnación de acuerdos.

Artículo 48 de la Ley 14/2008, de 18 de noviembre, de Asociaciones de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2008-19735

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-03-25.

Texto consolidado

1. De las reuniones del órgano de representación se extenderá acta, en la que deben constar las personas asistentes, los asuntos tratados, las circunstancias de lugar y tiempo, las principales deliberaciones y los acuerdos adoptados. Así mismo, cualquiera de los asistentes tendrá derecho a solicitar la incorporación de su intervención o propuesta en el acta en la forma prevista en los estatutos.

2. De la impugnación de los acuerdos y resoluciones del órgano de representación debe darse cuenta a la Asamblea General para su ratificación o revocación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-03-25.

Más artículos de Ley 14/2008

En El Vínculo puedes leer Ley 14/2008 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.