Disposición final tercera. Habilitación reglamentaria.
Disposición final tercera de la Ley 14/2008, de 18 de noviembre, de Asociaciones de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2008-19735
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-03-25.
Texto consolidado
1. El Consell, en el plazo de doce meses desde la entrada en vigor de la presente ley, dictará las normas reglamentarias precisas para el desarrollo y aplicación de esta ley.
2. El Consejo Valenciano de Asociaciones se constituirá en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del desarrollo reglamentario de esta ley.