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Ley Vigente

Artículo 50. Causas de disolución de la asociación.

Artículo 50 de la Ley 14/2008, de 18 de noviembre, de Asociaciones de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2008-19735

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-03-25.

Texto consolidado

Las asociaciones sobre las que la Generalitat ostenta competencias se disolverán por las causas establecidas en el artículo 17 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación, y por las siguientes:

a) Cuando concurra cualquier causa establecida en los Estatutos.

b) Por baja de las personas asociadas, de forma que queden reducidas a menos de tres.

c) Cuando concurra cualquier otra causa legal.

d) Por sentencia judicial firme.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-03-25.

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