Artículo 29. Creación de los consejos sectoriales de asociaciones.
Artículo 29 de la Ley 14/2008, de 18 de noviembre, de Asociaciones de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2008-19735
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-03-25.
Texto consolidado
1. Se podrán crear, a propuesta de cualquier conselleria, consejos sectoriales de asociaciones para cada sector de actuación mediante decreto.
2. Corresponde a la conselleria competente en materia de régimen jurídico de asociaciones la coordinación de carácter orgánico de los diferentes consejos sectoriales de asociaciones, debiendo informar, con carácter preceptivo, en el procedimiento de elaboración del correspondiente decreto.