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Ley Vigente

Artículo 40. Impugnación de acuerdos.

Artículo 40 de la Ley 14/2008, de 18 de noviembre, de Asociaciones de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2008-19735

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-03-25.

Texto consolidado

1. Los acuerdos de la asamblea general son impugnables de conformidad con la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, y demás leyes que resulten de aplicación.

2. Las controversias derivadas de los acuerdos adoptados pueden someterse a arbitraje en los términos de la legislación vigente, si no hay disposición en contra en los estatutos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-03-25.

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