Ley 1/2015, de 5 de febrero, del régimen especial de Arán.
BOE-A-2015-2294 · Boletín Oficial del Estado, 2015-03-04 · Comunidad Autónoma de Cataluña
Ley 1/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/2015
- Fecha de la disposición
- 2015-02-05
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 54, 2015-03-04
- Entrada en vigor
- 2015-02-14
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cataluña
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 110
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-2294
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente Ley 1/2015, de 5 de febrero, del régimen especial de Arán.
Preámbulo
Índice del articulado
- Artículo 1. Arán.
- Artículo 2. Objeto.
- Artículo 3. Naturaleza y régimen jurídico.
- Artículo 4. Territorio.
- Artículo 5. Integración singular de Arán en la división territorial de Cataluña.
- Artículo 6. Autonomía y posición institucional.
- Artículo 7. Bandera, escudo, fiesta e himno.
- Artículo 8. Lengua propia.
- Artículo 9. Derechos lingüísticos.
- Artículo 10. Cultura.
- Artículo 11. Capitalidad.
- Artículo 12. Derechos y deberes.
- Artículo 13. Derecho de participación.
- Artículo 14. Derechos de acceso a los servicios públicos y a una buena administración.
- Artículo 15. Disposiciones generales.
- Artículo 16. Protección de las personas y de las familias.
- Artículo 17. Perspectiva de género.
- Artículo 18. Cohesión y bienestar sociales.
- Artículo 19. Fomento de la participación.
- Artículo 20. Ámbito socioeconómico.
- Artículo 21. Medio ambiente, desarrollo sostenible y equilibrio territorial.
- Artículo 22. Movilidad y seguridad vial.
- Artículo 23. Protección de los consumidores y usuarios.
- Artículo 24. Cooperación al fomento de la paz y cooperación al desarrollo.
- Artículo 25. Acceso a las tecnologías de la información y de la comunicación.
- Artículo 26. El Consejo General de Arán.
- Artículo 27. Órganos del Consejo General de Arán.
- Artículo 28. El Pleno.
- Artículo 29. El síndico.
- Artículo 30. La vicesindicatura.
- Artículo 31. El Consejo de Gobierno.
- Artículo 32. La Auditoría de Cuentas.
- Artículo 33. El Proòm d´Aran.
- Artículo 34. La Comisión de Patrimonio.
- Artículo 35. Normas generales de funcionamiento.
- Artículo 36. Funcionamiento del Pleno.
- Artículo 37. Candidaturas al Consejo General de Arán.
- Artículo 38. Elección de los consejeros generales.
- Artículo 39. Constitución del Consejo General de Arán.
- Artículo 40. Mandato y estatuto de los consejeros generales.
- Artículo 41. Elección del síndico.
- Artículo 42. Estatuto del síndico.
- Artículo 43. Cese del síndico.
- Artículo 44. Moción de censura.
- Artículo 45. Cuestión de confianza.
- Artículo 46. Naturaleza.
- Artículo 47. Potestades.
- Artículo 48. Competencias.
- Artículo 49. Régimen de competencias.
- Artículo 50. Transferencia de competencias y dotación económica.
- Artículo 51. Lengua y cultura.
- Artículo 52. Derecho civil aranés.
- Artículo 53. Régimen local.
- Artículo 54. Ordenación del territorio y urbanismo.
- Artículo 55. Enseñanza.
- Artículo 56. Sanidad y salud pública.
- Artículo 57. Deportes y ocio.
- Artículo 58. Juventud.
- Artículo 59. Servicios sociales.
- Artículo 60. Vivienda.
- Artículo 61. Medio ambiente.
- Artículo 62. Patrimonio y recursos naturales.
- Artículo 63. Energía y minas.
- Artículo 64. Actividades rurales.
- Artículo 65. Turismo.
- Artículo 66. Comercio y consumo.
- Artículo 67. Promoción de la economía.
- Artículo 68. Universidades e investigación.
- Artículo 69. Tecnologías de la información y de la comunicación.
- Artículo 70. Infraestructuras, obras públicas y servicios de movilidad.
- Artículo 71. Seguridad pública.
- Artículo 72. Prevención y extinción de incendios, emergencias y protección civil.
- Artículo 73. Asociaciones, fundaciones, corporaciones de derecho público y profesiones tituladas.
- Artículo 74. Denominaciones e indicaciones geográficas y de calidad.
- Artículo 75. Estadística.
- Artículo 76. Toponimia de Arán.
- Artículo 77. Trabajo y relaciones laborales.
- Artículo 78. Medios de comunicación social y servicios de contenido audiovisual.
- Artículo 79. Capacidad de iniciativa legislativa.
- Artículo 80. Participación del Consejo General de Arán en la actividad parlamentaria.
- Artículo 81. De la proyección exterior de Arán.
- Artículo 82. Singularidad de las relaciones del Consejo General de Arán con el Gobierno de la Generalidad.
- Artículo 83. Participación en las decisiones y coordinación con los servicios de la Generalidad.
- Artículo 84. La Comisión Bilateral Gobierno de la Generalidad - Consejo General de Arán.
- Artículo 85. Las relaciones del Consejo General de Arán con los municipios.
- Artículo 86. Arán y las nuevas divisiones territoriales de Cataluña.
- Artículo 87. Relaciones de cooperación.
- Artículo 88. Participación ciudadana.
- Artículo 89. El Fondo para la financiación del Consejo General de Arán.
- Artículo 90. Otras asignaciones o participaciones en la Ley de presupuestos de la Generalidad de Cataluña.
- Artículo 91. Tributación propia.
- Artículo 92. Otros ingresos.
- Artículo 93. Procedimiento.
- Disposición adicional primera. Reconocimiento del derecho a decidir del pueblo aranés.
- Disposición adicional segunda. Integración de Arán en la división territorial de Cataluña y referencias territoriales.
- Disposición adicional tercera. Referencias a la Comisión de Urbanismo de Arán.
- Disposición adicional cuarta. Naturaleza de la Ley.
- Disposición adicional quinta. Revisión del modelo de financiación aranés.
- Disposición adicional sexta. Paisaje y patrimonio cultural de Arán.
- Disposición adicional séptima. Consejo Económico y Social de Arán.
- Disposición transitoria primera. Arán en la Ley electoral de Cataluña.
- Disposición transitoria segunda. El Proòm d´Aran.
- Disposición transitoria tercera. Acuerdos de traspaso de funciones y servicios.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Modificación del Código civil de Cataluña.
- Disposición final segunda. Modificación de los fondos del modelo de financiación autonómica.
- Disposición final tercera. Habilitación de crédito para la aplicación de la Ley.
- Disposición final cuarta. Desarrollo.
- Disposición final quinta. Consulta sobre el contenido de la Ley.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/2015?
- Ley 1/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/2015?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.