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Ley Vigente

Artículo 16. Protección de las personas y de las familias.

Artículo 16 de la Ley 1/2015, de 5 de febrero, del régimen especial de Arán. · BOE-A-2015-2294

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-02-14.

Texto consolidado

1. El Consejo General de Arán debe garantizar la protección de los niños, especialmente contra toda forma de explotación, de abandono, de maltrato o crueldad y de la pobreza y sus efectos. En todas las actuaciones llevadas a cabo el interés superior del niño ha de ser prioritario.

2. El Consejo General de Arán debe promover políticas públicas que favorezcan la emancipación de los jóvenes, facilitándoles el acceso al mundo laboral y a la vivienda para que puedan desarrollar su proyecto de vida y participar en igualdad de derechos y deberes en la vida social y cultural.

3. El Consejo General de Arán debe garantizar la protección jurídica de las personas con discapacidades y debe promover su integración social, económica y laboral. Debe adoptar también las medidas necesarias para suplir o complementar el apoyo de su entorno familiar directo.

4. El Consejo General de Arán debe garantizar la protección de las personas mayores para que puedan llevar una vida digna e independiente y participar en la vida social y cultural. Debe procurar también la plena integración de las personas mayores en la sociedad mediante políticas públicas basadas en el principio de solidaridad intergeneracional.

5. El Consejo General de Arán debe promover la igualdad de las distintas uniones estables de pareja, teniendo en cuenta sus características, con independencia de la orientación sexual de sus miembros.

6. El Consejo General de Arán debe promover la igualdad de todas las personas con independencia de su origen, nacionalidad, sexo, etnia, religión, condición social u orientación sexual, y también debe promover la erradicación del racismo, del antisemitismo, de la xenofobia, de la homofobia y de cualquier otra expresión que atente contra la igualdad y la dignidad de las personas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-02-14.

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