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Ley Vigente

Artículo 91. Tributación propia.

Artículo 91 de la Ley 1/2015, de 5 de febrero, del régimen especial de Arán. · BOE-A-2015-2294

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-02-14.

Texto consolidado

De acuerdo con la normativa general fiscal y tributaria, el Consejo General de Arán puede proponer al Parlamento de Cataluña el establecimiento por ley de tributos propios de Arán.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-02-14.

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