El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 93. Procedimiento.

Artículo 93 de la Ley 1/2015, de 5 de febrero, del régimen especial de Arán. · BOE-A-2015-2294

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-02-14.

Texto consolidado

Las disposiciones de la presente ley pueden ser modificadas mediante el procedimiento de modificación legislativa que establece el Estatuto de autonomía de Cataluña:

a) La iniciativa puede ser adoptada tanto por el Consejo General de Arán como por el Gobierno de la Generalidad o el Parlamento de Cataluña.

b) La Comisión Bilateral Gobierno de la Generalidad-Consejo General de Arán debe aprobar por unanimidad de sus miembros la propuesta de modificación de la Ley, que el Gobierno de la Generalidad debe aprobar como proyecto de ley y presentar al Parlamento para su correspondiente tramitación parlamentaria.

c) De no existir el acuerdo de la Comisión Bilateral Gobierno de la Generalidad-Consejo General de Arán a que hace referencia la letra b, quien haya adoptado la iniciativa puede ejercerla directamente ante el Parlamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-02-14.

Más artículos de Ley 1/2015

En El Vínculo puedes leer Ley 1/2015 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.