Real Decreto 1127/2003, de 5 de septiembre, por el que se desarrolla el Reglamento (CE) n.º 753/2002 de la Comisión, de 29 de abril de 2002, que fija determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 1493/1999 del Consejo, en lo que respecta a la designación, denominación, presentación y protección de determinados productos vitivinícolas.
BOE-A-2003-17810 · Boletín Oficial del Estado, 2003-09-23 · Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Real Decreto 1127/2003 está derogada desde el 2011-11-16: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1127/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-09-05
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 228, 2003-09-23
- Entrada en vigor
- 2003-09-24
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2011-11-16
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 28
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-17810
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En el marco de la normativa de la Unión Europea, la Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino, regula la designación, presentación, promoción y publicidad de los vinos, así como el sistema español de protección del origen y la calidad de los vinos y de las denominaciones y menciones que legalmente les están reservadas frente a su uso indebido. En particular, en su artículo 3, se definen y regulan, con carácter básico, una serie de indicaciones relativas a las características de los vinos, de gran prestigio e importancia económica.
Por otro lado, el Reglamento (CE) n.º 1493/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, regula en el capítulo II de su título V los aspectos básicos sobre la designación, denominación, presentación y protección de determinados productos de dicho sector.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Uso de códigos en el etiquetado.
- Artículo 3. Indicación del número de Registro de Envasadores de Vinos.
- Artículo 4. Indicación de la razón social mediante un nombre comercial.
- Artículo 5. Excepciones a la obligación de etiquetar.
- Artículo 6. Identificación del contenido de los recipientes para el almacenamiento de los productos vitivinícolas.
- Artículo 7. Menciones relativas a una explotación agrícola de la que proviene el producto.
- Artículo 8. Menciones relativas al color.
- Artículo 9. Menciones relativas al tipo de producto.
- Artículo 10. Menciones relativas al contenido en azúcares.
- Artículo 11. Vinos con indicación geográfica.
- Artículo 12. Menciones relativas al modo de obtención o a los métodos de elaboración de ciertos productos vitivinícolas con indicación geográfica.
- Artículo 12 bis. Indicaciones equivalentes a las señaladas en el anexo X del Reglamento 753/2002 de la Comisión, de 29 de abril.
- Artículo 13. Condiciones de utilización del nombre de una empresa que haya participado en el circuito comercial.
- Artículo 14. Menciones que muestren que el embotellado se ha llevado a cabo en la explotación, por una agrupación de explotaciones o en una empresa situada en la región de produ…
- Artículo 15. Indicación obligatoria del año de la cosecha junto con menciones tradicionales.
- Artículo 16. Menciones tradicionales.
- Artículo 16 bis. Indicaciones equivalentes a las señaladas en el anexo X del Reglamento 753/2002 de la Comisión, de 29 de abril.
- Artículo 17. Unidades geográficas mayores que una región determinada.
- Artículo 18. Embotellado en la región determinada.
- Artículo 19. Menciones relativas al tipo de producto.
- Artículo 20. Indicación del nombre de variedades.
- Disposición adicional única. Colaboración entre Administraciones.
- Disposición transitoria única. Régimen transitorio para la utilización de productos y etiquetas que cumplan la normativa preexistente.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Reglamento (CE) 753/2002, de 29 de abril |
| De conformidad con | Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino. |
| Deroga | la Orden de 11 de diciembre de 1986 |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1127/2003?
- Real Decreto 1127/2003 está derogada desde el 2011-11-16: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1127/2003?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1127/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.