Real Decreto 1363/2011, de 7 de octubre, por el que se desarrolla la reglamentación comunitaria en materia de etiquetado, presentación e identificación de determinados productos vitivinícolas.
BOE-A-2011-17174 · Boletín Oficial del Estado, 2011-11-01 · Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Real Decreto 1363/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-04.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1363/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-10-07
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 263, 2011-11-01
- Entrada en vigor
- 2011-11-16
- Departamento
- Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-05-04
- Artículos
- 30
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-17174
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto 1127/2003, de 5 de septiembre, por el que se desarrolla el Reglamento (CE) n.º 753/2002 de la Comisión, de 29 de abril de 2002, que fija determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 1493/1999 del Consejo, en lo que respecta a la designación, denominación, presentación y protección de determinados productos vitivinícolas, se aprobó al amparo de la anterior normativa comunitaria que habilitaba a los Estados miembros para que establecieran normas de desarrollo en dichas materias.
El Reglamento (CE) n.º 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, creó una organización común de mercados agrícolas y estableció disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM).
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Obligación de etiquetar.
- Artículo 4. Indicación del número de Registro de Envasadores de Vinos.
- Artículo 5. Utilización del término elaborador como expresión equivalente a productor.
- Artículo 6. Uso facultativo de códigos en el etiquetado.
- Artículo 7. Supuestos de obligatoriedad en el uso de códigos en el etiquetado.
- Artículo 8. Condicionantes para la utilización de códigos.
- Artículo 9. Referencia al Estado miembro.
- Artículo 10. Indicación de la razón social mediante un nombre comercial.
- Artículo 11. Identificación del contenido de los recipientes para el almacenamiento de los productos vitivinícolas.
- Artículo 12. Menciones relativas al color.
- Artículo 13. Definición de vinos varietales.
- Articulo 14. Procedimiento de control de la veracidad de las indicaciones de la variedad de uva de vinificación o la añada en los vinos varietales.
- Artículo 15. Variedades excluidas.
- Artículo 16. Ubicación de los nombres geográficos en el etiquetado.
- Artículo 17. Menciones relativas al modo de obtención o a los métodos de elaboración de vinos con denominación de origen o indicación geográfica protegidas.
- Artículo 18. Menciones relativas a la fermentación o envejecimiento del vino con denominación de origen o indicación geográfica protegida, en recipientes de madera.
- Artículo 19. Condiciones de utilización de términos que hacen referencia a una explotación vitícola.
- Artículo 19 bis. Condiciones de utilización de términos que se refieren al lugar donde tiene lugar el embotellado de los vinos con denominación de origen o indicación geográfica…
- Artículo 20. Indicación del contenido en azúcar en los vinos de licor con denominación de origen o indicación geográfica protegida.
- Artículo 21. Términos tradicionales.
- Artículo 22. Unidades geográficas mayores que la zona abarcada por una denominación de origen o indicación geográfica protegida.
- Artículo 23. Indicación obligatoria del año de la cosecha junto con términos tradicionales de envejecimiento.
- Artículo 24. Menciones relativas al envejecimiento del vino con denominación de origen protegida en recipientes de madera.
- Disposición adicional única. Cláusula de reconocimiento mutuo.
- Disposición transitoria única.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1363/2011?
- Real Decreto 1363/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-04.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1363/2011?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1363/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.