Ley 5/2010, de 16 de junio, reguladora del Consejo Consultivo de las Illes Balears.
BOE-A-2010-10715 · Boletín Oficial del Estado, 2010-07-06 · Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Ley 5/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 5/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-06-16
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 163, 2010-07-06
- Entrada en vigor
- 2010-06-23
- Departamento
- Comunidad Autónoma de las Illes Balears
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 42
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-10715
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LAS ILLES BALEARS
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha aprobado y yo, en nombre del Rey, y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 48.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Definición y naturaleza.
- Artículo 2. Sede.
- Artículo 3. Función.
- Artículo 4. Consulta y carácter del dictamen.
- Artículo 5. Composición.
- Artículo 6. Elección, designación y nombramiento de los miembros.
- Artículo 7. Elección y nombramiento del presidente o presidenta.
- Artículo 8. Atribuciones del pleno.
- Artículo 9. Atribuciones del presidente o presidenta.
- Artículo 10. Derechos y deberes de los consejeros y consejeras.
- Artículo 11. Nombramiento del consejero secretario o consejera secretaria.
- Artículo 12. Atribuciones del consejero secretario o consejera secretaria.
- Artículo 13. Régimen de incompatibilidades.
- Artículo 14. Causas de abstención y recusación.
- Artículo 15. Compensaciones económicas.
- Artículo 16. Cese de miembros del Consejo Consultivo.
- Artículo 17. Suspensión cautelar de los consejeros y consejeras.
- Artículo 18. Consulta preceptiva.
- Artículo 19. Consulta facultativa.
- Artículo 20. Memoria.
- Artículo 21. Legitimados para solicitar el dictamen.
- Artículo 22. Quórums y adopción de acuerdos.
- Artículo 23. Publicación de los dictámenes.
- Artículo 24. Plazos para emitir los dictámenes.
- Artículo 25. Documentación que ha de acompañar a la consulta y audiencia a las personas interesadas.
- Artículo 26. Modificaciones en la propuesta remitida al Consejo Consultivo.
- Artículo 27. Suficiencia de recursos.
- Artículo 28. Personal al servicio del Consejo Consultivo.
- Artículo 29. Relación de puestos de trabajo del personal al servicio del Consejo Consultivo.
- Artículo 30. Créditos, anteproyecto de presupuestos y control financiero.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (7)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears. |
| Deroga | la Ley 5/1993, de 15 de junio |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 5/2010?
- Ley 5/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 5/2010?
- El BOE registra 7 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.