Artículo 2. Sede.
Artículo 2 de la Ley 5/2010, de 16 de junio, reguladora del Consejo Consultivo de las Illes Balears. · BOE-A-2010-10715
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-06-23.
Texto consolidado
El Consejo Consultivo tiene su sede en la ciudad de Palma. No obstante, previa convocatoria, podrá reunirse en cualquier otro lugar del territorio de la comunidad autónoma.