Ley 3/2023, de 5 de abril, de Emergencias y Protección Civil de la Región de Murcia.
BOE-A-2023-10057 · Boletín Oficial del Estado, 2023-04-26 · Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Ley 3/2023 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
Esta norma regula el Sistema de Emergencias y Protección Civil de la Región de Murcia, estableciendo un marco para la gestión de emergencias y la protección de la población. Aplica a todas las administraciones públicas y ciudadanos de la Región de Murcia desde su entrada en vigor el 25 de abril de 2023.
Entre los puntos clave, la ley establece el derecho de los ciudadanos a recibir protección y a ser informados sobre riesgos, así como el deber de colaborar en tareas de protección civil y adoptar medidas de autoprotección. Se crea el Centro de Coordinación de Emergencias 112 como responsable de la atención y gestión de emergencias, y se definen los planes de protección civil que deben elaborarse a nivel autonómico y municipal. Además, se establece un régimen sancionador para garantizar el cumplimiento de las obligaciones en materia de protección civil. La ley no deroga ninguna norma anterior, pero deroga disposiciones que contradigan su contenido.
Datos clave
- Rango
- Ley 3/2023
- Fecha de la disposición
- 2023-04-05
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 99, 2023-04-26
- Entrada en vigor
- 2023-05-04
- Departamento
- Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 70
- Identificador BOE
- BOE-A-2023-10057
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley de Emergencias y Protección Civil de la Región de Murcia.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30.dos del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de actuación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. El Sistema de Emergencias y Protección Civil de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Artículo 4. Derechos en materia de emergencias y protección civil.
- Artículo 5. Deberes en materia de protección civil.
- Artículo 6. Centro de Coordinación de Emergencias 112 de la Región de Murcia.
- Artículo 7. Servicio de Atención de Llamadas de Emergencia.
- Artículo 8. Protocolos operativos.
- Artículo 9. Colaboración con el Centro de Coordinación de Emergencias 112 de la Región de Murcia.
- Artículo 10. Sistemas de gestión y de comunicaciones de emergencias.
- Artículo 11. Anticipación.
- Artículo 12. Red Autonómica de Información sobre Protección Civil.
- Artículo 13. Mapa de Riesgos de Protección Civil de la Región de Murcia.
- Artículo 14. Ordenación del territorio y urbanismo.
- Artículo 15. Prevención.
- Artículo 16. Ejercicios y simulacros.
- Artículo 17. Planes de protección civil.
- Artículo 18. Planes Territoriales.
- Artículo 19. Plan Territorial de Protección Civil de la Región de Murcia.
- Artículo 20. Planes Territoriales de Protección Civil de ámbito inferior al de Comunidad Autónoma.
- Artículo 21. Planes Especiales Autonómicos.
- Artículo 22. Planes Sectoriales.
- Artículo 23. Planes de Autoprotección.
- Artículo 24. Implantación de los planes de protección civil.
- Artículo 25. Adaptación y revisión de los planes de protección civil.
- Artículo 26. Registro de Planes de Protección Civil de la Región de Murcia.
- Artículo 27. Activación de los planes de protección civil.
- Artículo 28. Dirección de los planes de protección civil.
- Artículo 29. Centro de Coordinación Operativa.
- Artículo 30. Activación de Planes de Autoprotección.
- Artículo 31. Medidas de emergencia.
- Artículo 32. Movilización de recursos.
- Artículo 33. Servicios de intervención y asistencia en emergencias.
- Artículo 34. Colaboración con otras entidades territoriales.
- Artículo 35. Fase de recuperación.
- Artículo 36. Consejo de Gobierno.
- Artículo 37. Consejería competente en materia de emergencias y protección civil.
- Artículo 38. Titular de la Consejería competente en materia de emergencias y protección civil.
- Artículo 39. Participación de órganos de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Artículo 40. Naturaleza y funciones.
- Artículo 41. Composición y funcionamiento.
- Artículo 42. Municipios.
- Artículo 43. Alcalde.
- Artículo 44. Entidades supramunicipales.
- Artículo 45. Formación en materia de emergencias y protección civil.
- Artículo 46. Facultad de inspección.
- Artículo 47. Colaboración con la inspección.
- Artículo 48. Voluntariado de protección civil.
- Artículo 49. Régimen jurídico del voluntariado de protección civil.
- Artículo 50. Promoción del voluntariado de protección civil.
- Artículo 51. Movilización fuera del término municipal.
- Artículo 52. Seguro.
- Artículo 53. Colaboración de otras entidades.
- Artículo 54. Infracciones.
- Artículo 55. Sujetos responsables.
- Artículo 56. Infracciones muy graves.
- Artículo 57. Infracciones graves.
- Artículo 58. Infracciones leves.
- Artículo 59. Sanciones.
- Artículo 60. Competencias sancionadoras.
- Artículo 61. Ejercicio de la potestad sancionadora.
- Disposición adicional única. Planes de emergencia de presas, embalses y balsas.
- Disposición transitoria primera. Planes de protección civil vigentes.
- Disposición transitoria segunda. Composición y funciones del Consejo de Emergencias y Protección Civil de la Región de Murcia.
- Disposición transitoria tercera. Requisitos de cualificación de los socorristas para la vigilancia y salvamento en playas.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Plazos para el desarrollo reglamentario de la ley.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 3/2018, de 26 de marzo, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad Autónoma de la Región …
- Disposición final tercera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 3/2023?
- Ley 3/2023 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 3/2023?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.