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Ley Vigente

Artículo 25. Adaptación y revisión de los planes de protección civil.

Artículo 25 de la Ley 3/2023, de 5 de abril, de Emergencias y Protección Civil de la Región de Murcia. · BOE-A-2023-10057

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-04.

Texto consolidado

1. Los planes de protección civil que formen parte del Sistema de Emergencias y Protección Civil de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia deberán ser revisados y adaptados cuando así se establezcan en los propios planes, o se modifique la legislación vigente o el progreso técnico lo requiera, o cuando varíen las circunstancias tenidas en cuenta en su elaboración, o resulte preciso en función de los resultados obtenidos en las comprobaciones e inspecciones periódicas y simulacros.

2. La revisión y adaptación de los planes de protección civil corresponde al órgano competente para su aprobación.

3. Todos los planes de protección civil incluirán el procedimiento para su revisión y adaptación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-05-04.

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