El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 20. Planes Territoriales de Protección Civil de ámbito inferior al de Comunidad Autónoma.

Artículo 20 de la Ley 3/2023, de 5 de abril, de Emergencias y Protección Civil de la Región de Murcia. · BOE-A-2023-10057

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-04.

Texto consolidado

1. En el ámbito inferior al de la Comunidad Autónoma, se aprobarán Planes Territoriales de Protección Civil Municipales o Supramunicipales, según comprendan un término municipal o varios integrados en una entidad de naturaleza supramunicipal.

2. Los Planes Territoriales de Protección Civil Municipales y sus modificaciones serán elaborados por los ayuntamientos y aprobados por los plenos municipales correspondientes, previo informe del órgano autonómico con competencias en materia de protección civil y del Consejo de Emergencias y Protección Civil de la Región de Murcia. El informe del Consejo de Emergencias y Protección Civil de la Región de Murcia tendrá carácter vinculante.

3. Cuando por especiales circunstancias varios municipios hayan acordado elaborar un Plan Territorial de Protección Civil Supramunicipal, podrán llevarlo a efecto de manera conjunta y coordinada. Excepcionalmente podrán solicitar la colaboración de la Comunidad Autónoma, cuya intervención se contempla como último recurso. El Plan Territorial de Protección Civil Supramunicipal se someterá a la aprobación del pleno de los municipios de su ámbito territorial, previo informe del órgano autonómico con competencias en materia de protección civil y del Consejo de Emergencias y Protección Civil de la Región de Murcia. El informe del Consejo de Emergencias y Protección Civil de la Región de Murcia tendrá carácter vinculante.

4. Cuando las Directrices Básicas de Planificación de Protección Civil y los correspondientes Planes Especiales Autonómicos de Protección Civil contemplen que un municipio o entidad supramunicipal disponga de un Plan de Actuación de ámbito local, dicho Plan se elaborará y aprobará como Anexo al Plan Territorial de Protección Civil Municipal o Supramunicipal, conforme al procedimiento del apartado 2.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-05-04.

Más artículos de Ley 3/2023

En El Vínculo puedes leer Ley 3/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.