Artículo 45. Formación en materia de emergencias y protección civil.
Artículo 45 de la Ley 3/2023, de 5 de abril, de Emergencias y Protección Civil de la Región de Murcia. · BOE-A-2023-10057
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-04.
Texto consolidado
La Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y los municipios promoverán la formación y el desarrollo de la competencia técnica del personal del Sistema de Emergencias y Protección Civil de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.