El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 44. Entidades supramunicipales.

Artículo 44 de la Ley 3/2023, de 5 de abril, de Emergencias y Protección Civil de la Región de Murcia. · BOE-A-2023-10057

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-04.

Texto consolidado

1. Las entidades supramunicipales con competencias en materia de emergencias y protección civil podrán ejercer las funciones que se atribuyen por esta ley a los municipios, referidas a su ámbito territorial y a los Planes Territoriales de Protección Civil Supramunicipales.

2. El Presidente de la entidad supramunicipal ejercerá las funciones que el artículo anterior atribuye al Alcalde.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-05-04.

Más artículos de Ley 3/2023

En El Vínculo puedes leer Ley 3/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.