Ley 3/2019, de 18 de febrero, de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana.
BOE-A-2019-3489 · Boletín Oficial del Estado, 2019-03-12 · Comunitat Valenciana
Ley 3/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Ley 3/2019
- Fecha de la disposición
- 2019-02-18
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 61, 2019-03-12
- Entrada en vigor
- 2019-03-21
- Departamento
- Comunitat Valenciana
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 195
- Identificador BOE
- BOE-A-2019-3489
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos y todas las ciudadanas que Les Corts han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del rey, promulgo la siguiente Ley:
Preámbulo
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Los servicios sociales valencianos.
- Artículo 5. El Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
- Artículo 6. Principios rectores.
- Artículo 7. Reserva de denominación y símbolo distintivo.
- Artículo 8. Objetivos del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
- Artículo 9. Titulares de derechos.
- Artículo 10. Derechos de las personas usuarias de los servicios sociales.
- Artículo 11. Deberes de las personas usuarias de los servicios sociales.
- Artículo 12. Derechos de las personas profesionales de los servicios sociales.
- Artículo 13. Deberes de las personas profesionales de los servicios sociales.
- Artículo 14. Estructura funcional del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
- Artículo 15. Atención primaria.
- Artículo 16. Atención secundaria.
- Artículo 17. Funciones de la atención primaria.
- Artículo 18. Servicios de atención primaria.
- Artículo 19. Funciones de la atención secundaria.
- Artículo 20. Servicios de la atención secundaria.
- Artículo 21. Organización territorial.
- Artículo 22. Zonas básicas de servicios sociales.
- Artículo 23. Áreas de servicios sociales.
- Artículo 24. Departamentos de servicios sociales.
- Artículo 25. Espacios vulnerables.
- Artículo 26. Mapa de servicios sociales de la Comunitat Valenciana.
- Artículo 27. Disposiciones generales.
- Artículo 28. Competencias de la Generalitat.
- Artículo 29. Competencias de los municipios.
- Artículo 30. Atribuciones de las diputaciones provinciales.
- Artículo 31. Concepto y tipo de prestaciones.
- Artículo 32. Prestaciones garantizadas.
- Artículo 33. Prestaciones condicionadas.
- Artículo 34. Formas de provisión de las prestaciones del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
- Artículo 35. Catálogo de prestaciones del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
- Artículo 36. Prestaciones profesionales.
- Artículo 37. Prestaciones económicas.
- Artículo 38. Prestaciones tecnológicas.
- Artículo 39. Cartera de prestaciones del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
- Artículo 40. Actualización de la Cartera de prestaciones del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
- Artículo 41. Carteras de prestaciones de carácter zonal.
- Artículo 42. Disposiciones generales.
- Artículo 43. Principios de la planificación.
- Artículo 44. Plan estratégico de servicios sociales de la Comunitat Valenciana.
- Artículo 45. Alcance del Plan estratégico de servicios sociales de la Comunitat Valenciana.
- Artículo 46. Vigencia del Plan estratégico de servicios sociales de la Comunitat Valenciana.
- Artículo 47. Planes estratégicos de carácter zonal.
- Artículo 48. Coordinación, colaboración y cooperación entre las administraciones públicas en el ámbito de los servicios sociales.
- Artículo 49. Órgano de Coordinación y Colaboración Interadministrativa en Servicios Sociales.
- Artículo 50. Coordinación interdepartamental.
- Artículo 51. Coordinación, colaboración y cooperación entre el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales y el sistema valenciano de salud.
- Artículo 52. Coordinación, colaboración y cooperación entre el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales y el sistema educativo valenciano.
- Artículo 53. Coordinación, colaboración y cooperación entre el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales y el sistema valenciano de empleo y formación.
- Artículo 54. Coordinación, colaboración y cooperación entre el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales y el sistema valenciano de vivienda.
- Artículo 55. Coordinación, colaboración y cooperación entre el sistema público valenciano de servicios sociales y la Administración de Justicia.
- Artículo 56. Coordinación técnica.
- Artículo 57. Registro general de titulares de actividades, servicios y centros de servicios sociales.
- Artículo 58. Autorización.
- Artículo 59. Condiciones materiales y funcionales.
- Artículo 60. Declaración responsable.
- Artículo 61. Comunicación previa.
- Artículo 62. Falta de autorización o declaración responsable.
- Artículo 63. Acreditación.
- Artículo 64. Equipo de profesionales de la zona básica de servicios sociales.
- Artículo 65. Ratio del equipo de profesionales de la zona básica de servicios sociales.
- Artículo 66. Personal profesional del área de servicios sociales.
- Artículo 67. Equipo de profesionales del Departamento de Servicios Sociales.
- Artículo 68. De la intervención.
- Artículo 69. Persona profesional de referencia.
- Artículo 70. Actuaciones ante situaciones de urgencia y emergencia social.
- Artículo 71. Instrumentos técnicos.
- Artículo 72. Tarjeta de información personalizada.
- Artículo 73. Historia social única.
- Artículo 74. Derecho de acceso de las personas usuarias a la historia social única.
- Artículo 75. Derecho de acceso de las personas profesionales a la historia social única.
- Artículo 76. Plazo de conservación de la historia social única.
- Artículo 77. Custodia y seguridad de la historia social única.
- Artículo 78. El Plan personalizado de intervención social y el Plan de atención individual.
- Artículo 79. Sistema de Información Valenciano de Servicios Sociales.
- Artículo 80. Autoridad.
- Artículo 81. Estabilidad laboral y calidad del empleo de las personas profesionales de los servicios sociales.
- Artículo 82. Movilidad del personal funcionario del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
- Artículo 83. Ética profesional.
- Artículo 84. Comité de Ética de los Servicios Sociales.
- Artículo 85. Colaboración de la iniciativa privada.
- Artículo 86. Cláusulas sociales.
- Artículo 87. Concepto, régimen general y principios de la acción concertada.
- Artículo 88. Ámbito objetivo.
- Artículo 89. Requisitos de acceso al régimen de concierto.
- Artículo 90. Duración de los conciertos.
- Artículo 91. Pago delegado.
- Artículo 92. Contratación con la iniciativa privada.
- Artículo 93. Fomento de la iniciativa social.
- Artículo 94. Disposiciones generales.
- Artículo 95. Órganos de participación.
- Artículo 96. Consejo Valenciano de Inclusión y Derechos Sociales.
- Artículo 97. Organización y funcionamiento del Consejo Valenciano de Inclusión y Derechos Sociales.
- Artículo 98. Estructura del Consejo Valenciano de Inclusión y Derechos Sociales.
- Artículo 99. Los consejos locales de inclusión y derechos sociales de ámbito local o zonal.
- Artículo 100. Procesos de participación.
- Artículo 101. Participación en el ámbito de los centros.
- Artículo 102. Derecho de acceso a la documentación administrativa.
- Artículo 103. Del voluntariado.
- Artículo 104. Fuentes de financiación.
- Artículo 105. Obligaciones de las administraciones públicas en materia de financiación.
- Artículo 106. Sistema de financiación y principios.
- Artículo 107. Financiación de personal.
- Artículo 108. Financiación de prestaciones.
- Artículo 109. Financiación de infraestructuras y equipamientos de servicios sociales.
- Artículo 110. Fórmulas de colaboración financiera.
- Artículo 111. Participación económica de las personas usuarias en el coste del servicio.
- Artículo 112. Aplicación de las tasas en materia de atención social.
- Artículo 113. Determinación de la participación económica de las personas usuarias en el coste de la prestación de servicios.
- Artículo 114. Exenciones y bonificaciones.
- Artículo 115. Calidad en servicios sociales.
- Artículo 116. Objetivos de la calidad en los servicios sociales.
- Artículo 117. Calidad en recursos humanos.
- Artículo 118. Coordinación con otros instrumentos de calidad de los servicios públicos de la Generalitat.
- Artículo 119. Investigación e innovación.
- Artículo 120. Objetivos de la investigación y la innovación en servicios sociales.
Normas que la modifican o afectan (13)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 3/2019?
- Ley 3/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 3/2019?
- El BOE registra 13 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 3/2019?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.