Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana.
BOE-A-2014-9625 · Boletín Oficial del Estado, 2014-09-23 · Comunitat Valenciana
Ley 5/2014 está derogada desde el 2021-07-17: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 5/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-07-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 231, 2014-09-23
- Entrada en vigor
- 2014-08-20
- Departamento
- Comunitat Valenciana
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2021-07-17
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 318
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-9625
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos que Les Corts han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley:
PREÁMBULO
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de esta ley.
- Artículo 2. Competencias administrativas.
- Artículo 3. Concepto de desarrollo territorial y urbanístico sostenible.
- Artículo 4. La infraestructura verde: concepto y funciones.
- Artículo 5. Espacios que integran la Infraestructura verde y su incorporación a la misma.
- Artículo 6. El paisaje: definición, objetivos e instrumentos.
- Artículo 7. Criterios generales de crecimiento territorial y urbano.
- Artículo 8. Criterios generales de ordenación e integración paisajística.
- Artículo 9. Criterios generales de ordenación de los recursos hídricos en el territorio.
- Artículo 10. Criterios de integración territorial y paisajística de las infraestructuras.
- Artículo 11. Criterios para la ordenación del sistema rural valenciano.
- Artículo 12. Mejora de la calidad de vida en las ciudades.
- Artículo 13. Cohesión social, perspectiva de género y urbanismo.
- Artículo 14. Tipos de instrumentos de ordenación.
- Artículo 15. Objeto, funciones, contenidos y documentación de la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana.
- Artículo 16. Planes de acción territorial: objeto, funciones, contenidos y documentación.
- Artículo 17. Proyectos de inversiones estratégicas sostenibles. Definición y requisitos.
- Artículo 18. Planes generales estructurales mancomunados.
- Artículo 19. Niveles de ordenación municipal: ordenación estructural y ordenación pormenorizada.
- Artículo 20. Función y ámbito del plan general estructural.
- Artículo 21. Determinaciones de la ordenación estructural.
- Artículo 22. Objetivos, umbrales e indicadores de sostenibilidad territorial y directrices estratégicas del desarrollo previsto.
- Artículo 23. Delimitación y características de la infraestructura verde a escala municipal.
- Artículo 24. Red primaria y estándar global de zonas verdes y parques públicos.
- Artículo 25. Zonas de ordenación estructural: función y contenidos.
- Artículo 26. Zonificación estructural de las zonas rurales.
- Artículo 27. Zonificación de zonas urbanizadas y de nuevo desarrollo y expansión urbana.
- Artículo 28. Clasificación del suelo.
- Artículo 29. Delimitación de ámbitos de planeamiento urbanístico diferenciado.
- Artículo 30. Contenidos económicos del plan general estructural.
- Artículo 31. Condiciones de desarrollo de cada uno de los sectores de planeamiento urbanístico.
- Artículo 32. Criterios para la determinación de áreas de reparto y para el establecimiento del aprovechamiento tipo.
- Artículo 33. Política pública de suelo y vivienda.
- Artículo 34. Documentación del plan general estructural.
- Artículo 35. Determinaciones de la ordenación pormenorizada.
- Artículo 36. Red secundaria de dotaciones y estándares de calidad urbana.
- Artículo 37. Usos terciarios especiales.
- Artículo 38. Funciones y ámbito del plan de ordenación pormenorizada.
- Artículo 39. Documentación del plan de ordenación pormenorizada.
- Artículo 40. Planes parciales y planes de reforma interior: función, ámbito y documentación.
- Artículo 41. Estudios de detalle.
- Artículo 42. Catálogo de protecciones.
- Artículo 43. Planes especiales.
- Artículo 44. Administraciones competentes para formular y aprobar los instrumentos de planeamiento.
- Artículo 45. Los tipos de procedimientos para la elaboración y aprobación de los planes y programas.
- Artículo 46. Planes y programas que serán objeto de la evaluación ambiental y territorial estratégica.
- Artículo 47. Objetivos de la evaluación ambiental y territorial estratégica.
- Artículo 48. Personas e instituciones participantes en la evaluación ambiental y territorial estratégica de planes y programas.
- Artículo 49. Fases de la tramitación de un plan que requiere evaluación ambiental y territorial estratégica.
- 49 bis. Actuaciones previas a la redacción del instrumento de planeamiento.
- Artículo 50. Inicio del procedimiento. Solicitud de inicio de la evaluación ambiental y territorial estratégica.
- Artículo 51. Consultas a las administraciones públicas afectadas y elaboración del documento de alcance del estudio ambiental y territorial estratégico.
- Artículo 52. Elaboración de la versión preliminar del plan o programa y el estudio ambiental y territorial estratégico.
- Artículo 53. Participación pública y consultas.
- Artículo 54. Propuesta de plan o programa y declaración ambiental y territorial estratégica.
- Artículo 55. Aprobación del plan o programa sometido a evaluación ambiental y territorial estratégica y publicidad.
- Artículo 56. Seguimiento, modificación y caducidad.
- Artículo 57. Tramitación de los planes que no estén sujetos al procedimiento ordinario de evaluación ambiental y territorial estratégica.
- Artículo 58. Tramitación simultánea de distintos planes.
- Artículo 59. Procedimiento para el desarrollo de un proyecto de inversión estratégica sostenible.
- Artículo 60. Iniciativa y declaración de un proyecto de inversión estratégica sostenible.
- Artículo 61. Elaboración y aprobación del plan y proyecto.
- Artículo 62. Ejecución del proyecto de inversión estratégica sostenible.
- Artículo 63. Modificación de los planes y programas.
- Artículo 64. Suspensión del otorgamiento de licencias.
- Artículo 65. Situación posterior a la suspensión de licencias.
- Artículo 66. Reglas aplicables en ausencia de planeamiento territorial o urbanístico.
- Artículo 67. Vigencia de los planes y programas.
- Artículo 68. Principios generales y conceptos de gestión urbanística.
- Artículo 69. Actuaciones integradas y actuaciones aisladas. Unidades de ejecución.
- Artículo 70. Actuaciones de transformación urbanística y de edificación y rehabilitación en suelo urbano.
- Artículo 71. Sujetos intervinientes.
- Artículo 72. Planes de reforma interior de las actuaciones de renovación y regeneración urbana.
- Artículo 73. Programas de actuación de renovación y regeneración urbana.
- Artículo 74. Cálculo del aprovechamiento tipo.
- Artículo 75. Reglas generales de equidistribución para los ámbitos de actuaciones integradas.
- Artículo 76. Reglas generales de equidistribución para los ámbitos de actuaciones aisladas.
- Artículo 76 bis. Reglas generales de equidistribución para los ámbitos de actuaciones aisladas e integradas en suelo urbano con incremento de aprovechamiento.
- Artículo 77. Aprovechamiento que corresponde a la administración y compensación de excedentes de aprovechamiento. Modalidades.
- Artículo 78. Transferencias de aprovechamiento.
- Artículo 79. Reservas de aprovechamiento.
- Artículo 80. Reparcelación: definición, finalidad y vinculación al plan.
- Artículo 81. Modalidades, iniciativa y ámbito reparcelable.
- Artículo 82. Derechos de los afectados por la reparcelación.
- Artículo 83. Tratamiento de los bienes de dominio público.
- Artículo 84. Valoración de bienes y derechos.
- Artículo 85. Reglas para distribuir las adjudicaciones.
- Artículo 86. Reglas especiales sobre proindivisos.
- Artículo 86 bis. Reglas especiales en la gestión directa.
- Artículo 87. Identificación y titularidad de fincas, bienes y derechos afectados.
- Artículo 88. Titularidad dudosa o litigiosa y titular con domicilio desconocido de fincas, bienes y derechos afectados.
- Artículo 89. Identificación registral de fincas.
- Artículo 90. Cuenta de liquidación provisional y liquidación definitiva de la reparcelación.
- Artículo 91. Contenido documental del proyecto de reparcelación.
- Artículo 92. Tramitación de la reparcelación forzosa.
- Artículo 93. Efectos de la reparcelación.
- Artículo 94. Reparcelación voluntaria.
- Artículo 95. Reparcelación en régimen de propiedad horizontal.
- Artículo 96. Reparcelación económica.
- Artículo 97. Gestión de programas de actuación por la modalidad de expropiación.
- Artículo 98. Definición del patrimonio público de suelo y regulación de sus objetivos.
- Artículo 99. Técnicas para la dotación del patrimonio público de suelo. Gestión del patrimonio público de suelo.
- Artículo 100. Delimitación de ámbitos de interés para su incorporación al patrimonio público de suelo.
- Artículo 101. Constitución de complejos inmobiliarios.
- Artículo 102. Legitimación de expropiaciones.
- Artículo 103. Supuestos expropiatorios.
- Artículo 104. Derecho a la expropiación rogada.
- Artículo 105. Expropiación individualizada o conjunta.
- Artículo 106. Procedimiento de tasación conjunta.
- Artículo 107. Ocupación directa.
- Artículo 108. Objeto del programa de actuación.
- Artículo 109. Tipos y ámbito territorial y temporal de los programas de actuación.
- Artículo 110. Objetivos legales del programa de actuación integrada.
- Artículo 111. Contenido documental del programa de actuación integrada. Alternativa técnica y proposición jurídico-económica.
- Artículo 112. El urbanizador: concepto y funciones.
- Artículo 113. Modalidades de la gestión urbanística.
- Artículo 114. Requisitos para la asignación de la condición de urbanizador en régimen de gestión urbanística por los propietarios.
- Artículo 115. Asignación de la condición de urbanizador en régimen de gestión urbanística pública.
- Artículo 116. Carácter indelegable de las funciones de autoridad.
- Artículo 117. Procedimiento de programación en régimen de gestión directa y órganos competentes para promoverla.
Normas que la modifican o afectan (23)
Normas a las que afecta (12)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 5/2014?
- Ley 5/2014 está derogada desde el 2021-07-17: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 5/2014?
- El BOE registra 23 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.