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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 31. Concepto y tipo de prestaciones.

Artículo 31 de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2019-3489

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

Texto consolidado

1. Se entiende por prestaciones del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales las actuaciones que se ofrecen a la ciudadanía, de acuerdo con los artículos 3 y 5 de esta ley.

2. Las prestaciones del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales podrán ser:

a) Prestaciones profesionales: comprenden el conjunto de intervenciones de carácter temporal o permanente, dirigidas a la prevención, rehabilitación, diagnóstico, atención en las situaciones de necesidad social y promoción de la autonomía y la inclusión social de la ciudadanía, así como la atención sociosanitaria y socioeducativa de esta.

b) Prestaciones económicas: consisten en entregas dinerarias, de carácter puntual o periódico, provistas por las administraciones competentes con el fin de mejorar la calidad de vida y la autonomía, la atención a situaciones de urgencia, la atención sociosanitaria o la cobertura de las necesidades básicas, permitiendo a la ciudadanía conseguir un nivel de vida digno.

c) Prestaciones tecnológicas: comprenden aquellas prestaciones de asistencia tecnológica y ayudas de carácter instrumental destinadas a la protección, mantenimiento o mejora de la autonomía e inclusión social y garantía para la accesibilidad universal.

3. Las prestaciones previstas en este artículo podrán ser garantizadas o condicionadas de acuerdo con lo que establece el capítulo II sobre el Catálogo y carteras de prestaciones del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales de este título.

4. Las prestaciones del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales, ya sean competencia de la Generalitat o de las entidades locales, se aplicarán mediante la prescripción facultativa de los profesionales del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales en el marco del plan personalizado correspondiente de intervención social.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2022-1018.

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