Ley 20/2010, de 7 de julio, del cine.
BOE-A-2010-12709 · Boletín Oficial del Estado, 2010-08-07 · Comunidad Autónoma de Cataluña
Ley 20/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-13.
Datos clave
- Rango
- Ley 20/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-07-07
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 191, 2010-08-07
- Entrada en vigor
- 2011-01-16
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cataluña
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-05-13
- Artículos
- 63
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-12709
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente Ley 20/2010, de 7 de julio, del cine.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Ámbito aplicable.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Órganos competentes.
- Artículo 5. Coordinación de las políticas públicas.
- Artículo 6. Acuerdo-marco para el fomento de la industria cinematográfica y audiovisual.
- Artículo 7. Colaboración entre la Generalidad y la Administración general del Estado.
- Artículo 8. Colaboración entre la Generalidad y los gobiernos de otros territorios de habla catalana.
- Artículo 9. Naturaleza jurídica y adscripción.
- Artículo 10. Obligación de inscripción, organización y funcionamiento del Registro.
- Artículo 11. Comunicaciones electrónicas.
- Artículo 12. Calificación de las obras cinematográficas y audiovisuales.
- Artículo 13. Publicidad de la calificación de las obras cinematográficas y audiovisuales.
- Artículo 14. Certificado de nacionalidad española.
- Artículo 15. Coproducción internacional de obras cinematográficas o audiovisuales.
- Artículo 16. Actividad de las empresas productoras.
- Artículo 17. Actividad de las empresas distribuidoras.
- Artículo 18. Garantía de acceso lingüístico.
- Artículo 19. Actividad de las empresas exhibidoras.
- Artículo 20. Funcionamiento y control de las salas de exhibición cinematográfica.
- Artículo 21. Control del número de espectadores y declaración de rendimientos.
- Artículo 22. Proyecciones cinematográficas realizadas por las administraciones públicas.
- Artículo 23. Salas X.
- Artículo 24. Creación y gestión de la Red Concertada de Pantallas Cinematográficas de Cataluña.
- Artículo 25. Programación de la Red Concertada de Pantallas Cinematográficas de Cataluña.
- Artículo 26. Régimen jurídico.
- Artículo 27. Órgano competente.
- Artículo 28. Marco de financiación.
- Artículo 29. Fondos de fomento.
- Artículo 30. Dotación de los fondos.
- Artículo 31. Requisitos para poderse beneficiar de los recursos públicos establecidos por la presente ley.
- Artículo 32. Creación y objetivo del Fondo para el fomento de la producción de obras cinematográficas y audiovisuales.
- Artículo 33. Criterios para el otorgamiento de subvenciones.
- Artículo 34. Requisitos para acceder a las subvenciones.
- Artículo 35. Creación y objetivo del Fondo para el fomento de la distribución independiente.
- Artículo 36. Criterios para el otorgamiento de ayudas.
- Artículo 37. Creación y objetivo del Fondo para el fomento de la exhibición.
- Artículo 38. Criterios para el otorgamiento de las ayudas.
- Artículo 39. Creación y objetivo del Fondo para el fomento de la difusión y la promoción de las obras y la cultura cinematográficas.
- Artículo 40. Criterios para el otorgamiento de ayudas.
- Artículo 41. Creación y objetivo del Fondo para el fomento de la competitividad empresarial.
- Artículo 42. Criterios para el otorgamiento de recursos.
- Artículo 43. Conservación, promoción y difusión del patrimonio fílmico y documental.
- Artículo 44. Obras cinematográficas y audiovisuales de interés artístico o histórico.
- Artículo 45. Difusión de la cultura cinematográfica en el sistema educativo.
- Artículo 46. Filmoteca de Cataluña.
- Artículo 47. Normativa aplicable.
- Artículo 48. Competencia inspectora.
- Artículo 49. Competencia sancionadora.
- Artículo 50. Infracciones.
- Artículo 51. Sanciones.
- Artículo 52. Graduación de las sanciones.
- Artículo 53. Ejecución de las sanciones.
- Disposición adicional primera. Acceso de las personas con discapacidad a las obras cinematográficas y audiovisuales.
- Disposición adicional segunda. Competencias del Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes.
- Disposición adicional tercera. Informe sobre la mejora de la calidad, las garantías y la ocupación de los trabajadores de los sectores cinematográfico y audiovisual.
- Disposición adicional cuarta. Formalización del Acuerdo-marco para el fomento de la industria cinematográfica y audiovisual.
- Disposición adicional quinta. Entidad competente en materia cinematográfica y audiovisual.
- Disposición adicional sexta. Políticas de apoyo a la adecuación de salas de exhibición cinematográfica para exhibir obras cinematográficas o audiovisuales en formato digital.
- Disposición transitoria. Vigencia temporal del Decreto sobre régimen administrativo de la cinematografía y el audiovisual
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña. |
| Deroga | Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 20/2010?
- Ley 20/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-13.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 20/2010?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 20/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.