Artículo 2. Ámbito aplicable.
Artículo 2 de la Ley 20/2010, de 7 de julio, del cine. · BOE-A-2010-12709
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-16.
Texto consolidado
1. La presente ley es aplicable a las empresas y entidades establecidas en Cataluña que desarrollan sus actividades reguladas por esta ley, así como a las industrias técnicas complementarias de las mismas o que están relacionadas con ellas, salvo en los preceptos que especifican que son aplicables a las empresas que desarrollan dichas actividades en Cataluña, independientemente de su establecimiento.
2. La presente ley no es aplicable a las obras audiovisuales que son objeto de regulación específica, salvo el capítulo IV.