Artículo 40. Criterios para el otorgamiento de ayudas.
Artículo 40 de la Ley 20/2010, de 7 de julio, del cine. · BOE-A-2010-12709
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-16.
Texto consolidado
Las ayudas con cargo al Fondo para el fomento de la difusión y la promoción de las obras y la cultura cinematográficas que se otorguen de acuerdo con las correspondientes bases reguladoras deben tener en cuenta, preferentemente, los siguientes criterios:
a) La atracción de nuevos públicos a las salas de exhibición, especialmente del público infantil y juvenil.
b) La difusión de la cultura cinematográfica en Cataluña mediante la red de cineclubs y de otras entidades de carácter no lucrativo.
c) El equilibrio territorial de la oferta cinematográfica.
d) La presencia de la cultura cinematográfica catalana y las obras cinematográficas producidas en Cataluña.
e) La difusión y la promoción de la cultura cinematográfica de alcance internacional.
f) El fomento de la difusión y la promoción de obras cinematográficas cuya autoría, dirección o producción corresponda a mujeres.