Ley 9/2022, de 21 de diciembre, de la ciencia.
BOE-A-2023-467 · Boletín Oficial del Estado, 2023-01-07 · Comunidad Autónoma de Cataluña
Ley 9/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Ley 9/2022
- Fecha de la disposición
- 2022-12-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 6, 2023-01-07
- Entrada en vigor
- 2023-01-12
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cataluña
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 125
- Identificador BOE
- BOE-A-2023-467
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENT DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA
Los artículos 65 y 67 del Estatuto prevén que las leyes de Cataluña son promulgadas, en nombre del rey, por el presidente o presidenta de la Generalitat. De acuerdo con lo anterior promulgo la siguiente ley:
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Objetivos generales.
- Artículo 3. Objetivos específicos.
- Artículo 4. Sistema de investigación, desarrollo e innovación.
- Artículo 5. Agentes del sistema de investigación, desarrollo e innovación.
- Artículo 6. Principios ordenadores.
- Artículo 7. Perspectiva de género en el sistema de investigación, desarrollo e innovación.
- Artículo 8. Los instrumentos de ordenación.
- Artículo 9. La planificación estratégica.
- Artículo 10. La financiación.
- Artículo 11. La evaluación sistémica.
- Artículo 12. Órganos de gobernanza y coordinación.
- Artículo 13. La Comisión Interdepartamental de Investigación e Innovación.
- Artículo 14. El Consejo para la Investigación y la Innovación de Cataluña.
- Artículo 15. Personas al servicio de la ciencia.
- Artículo 16. Personal investigador.
- Artículo 17. Colaboración, asistencia, administración y apoyo técnico en investigación, desarrollo e innovación.
- Artículo 18. Colaboradores científicos.
- Artículo 19. Políticas públicas de la Generalitat.
- Artículo 20. Criterios de actuación.
- Artículo 21. Selección del personal investigador.
- Artículo 22. Movilidad del personal investigador.
- Artículo 23. Misión en el ámbito de la investigación, el desarrollo y la innovación.
- Artículo 24. Marco legal y estructural.
- Artículo 25. Personal docente e investigador de las universidades públicas.
- Artículo 26. Personal investigador en formación.
- Artículo 27. Adscripción de personal investigador.
- Artículo 28. Personal tecnólogo, técnico y de administración en investigación, desarrollo e innovación.
- Artículo 29. Presupuesto.
- Artículo 30. Fondos universitarios.
- Artículo 31. Plan de inversiones universitarias.
- Artículo 32. Políticas públicas de la Generalitat.
- Artículo 33. Objeto y características generales.
- Artículo 34. Evaluación externa.
- Artículo 35. La credencial de departamento excelente en investigación, desarrollo e innovación.
- Artículo 36. La credencial de instituto propio excelente en investigación, desarrollo e innovación.
- Artículo 37. La credencial de centro adscrito excelente en investigación, desarrollo e innovación.
- Artículo 38. Financiación de las universidades públicas.
- Artículo 39. Sistema CERCA.
- Artículo 40. Los centros CERCA.
- Artículo 41. Objetivo.
- Artículo 42. Organización.
- Artículo 43. Dirección científica.
- Artículo 44. Dirección gerencial.
- Artículo 45. Régimen jurídico.
- Artículo 46. Régimen de autonomía.
- Artículo 47. Órgano de gobierno colegiado.
- Artículo 48. Recursos humanos.
- Artículo 49. Recursos económicos.
- Artículo 50. Régimen específico y excepciones.
- Artículo 51. Gastos de personal y presupuesto.
- Artículo 52. Patrimonio y contratación.
- Artículo 53. Transparencia y gobernanza digital.
- Artículo 54. Personal investigador con funciones de dirección.
- Artículo 55. Impulso y participación en sociedades mercantiles de base tecnológica y científica.
- Artículo 56. Supervisión y control.
- Artículo 57. Reconocimiento.
- Artículo 58. Identificación como centro CERCA.
- Artículo 59. Mantenimiento o pérdida de la condición de centro CERCA.
- Artículo 60. Objeto.
- Artículo 61. Régimen jurídico.
- Artículo 62. Naturaleza y objetivos.
- Artículo 63. Régimen jurídico.
- Artículo 64. Investigación, desarrollo e innovación.
- Artículo 65. Políticas públicas de investigación e innovación en salud.
- Artículo 66. Infraestructuras científico-técnicas singulares.
- Artículo 67. Políticas públicas de la Generalitat.
- Artículo 68. Parques científicos y tecnológicos.
- Artículo 69. Consorcio de Servicios Universitarios de Cataluña.
- Artículo 70. Servicios científico-técnicos y demás infraestructuras de apoyo y cooperación entre agentes.
- Artículo 71. Centros tecnológicos.
- Artículo 72. Empresas intensivas en investigación, desarrollo e innovación ubicadas en Cataluña.
- Artículo 73. Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación.
- Artículo 74. Agencia para la Competitividad de la Empresa.
- Artículo 75. Agencia de Calidad y Evaluación Sanitarias de Cataluña.
- Artículo 76. Transferencia y transmisión del conocimiento.
- Artículo 77. Modelos de transferencia, transmisión e intercambio de conocimiento.
- Artículo 78. Cultura, educación científica y capacidad innovadora y emprendedora.
- Artículo 79. Información y transmisión del conocimiento.
- Artículo 80. Aplicación del derecho privado a determinados contratos.
- Artículo 81. Objetivo y desarrollo.
- Artículo 82. Finalidades.
- Artículo 83. El Plan estratégico de innovación y transferencia del conocimiento.
- Artículo 84. Internacionalización.
- Artículo 85. Comunidad investigadora en el exterior.
- Artículo 86. Promoción científica en el exterior.
- Artículo 87. Programas estratégicos de captación de talento investigador internacional.
- Artículo 88. Mecenazgo y entidades beneficiarias.
- Artículo 89. Actividades prioritarias de mecenazgo en investigación, desarrollo e innovación.
- Artículo 90. Modalidades ordinarias de mecenazgo.
- Artículo 91. Acciones institucionales de la Generalitat.
- Artículo 92. Creación, naturaleza y composición.
- Artículo 93. Funciones.
- Artículo 94. Funcionamiento.
- Artículo 95. Finalidad y naturaleza.
- Artículo 96. Composición.
- Artículo 97. Funciones.
- Artículo 98. Régimen jurídico y de funcionamiento.
- Disposición adicional primera. Convenios de colaboración.
- Disposición adicional segunda. Participación privada.
- Disposición adicional tercera. Evaluación por expertos independientes.
- Disposición adicional cuarta. Especialización estratégica del personal investigador.
- Disposición adicional quinta. Recursos de las universidades públicas en el ámbito de la investigación y la transferencia.
- Disposición adicional sexta. Proyectos de investigación, desarrollo e innovación y prevención de riesgos laborales.
- Disposición adicional séptima. La Anilla Científica.
- Disposición adicional octava. Evaluaciones científicas.
- Disposición adicional novena. Referencias al sector público.
- Disposición adicional décima. Medidas de incentivo fiscal.
- Disposición adicional undécima. Financiación con cargo a los presupuestos de la Generalitat.
- Disposición adicional duodécima. Proyectos de investigación, desarrollo e innovación.
- Disposición adicional decimotercera. Referencias.
- Disposición adicional decimocuarta. Ayudas públicas para facilitar el intercambio de personal entre los agentes del sistema de investigación, desarrollo e innovación.
- Disposición adicional decimoquinta. Fundación para la Universitat Oberta de Catalunya.
- Disposición adicional decimosexta. Medidas de mejora profesional, contra la precariedad laboral y a favor de la estabilidad.
- Disposición adicional decimoséptima. Constitución del Consejo para la Investigación y la Innovación de Cataluña y del Consejo de Mecenazgo en Investigación, Desarrollo e Innovac…
- Disposición adicional decimoctava. Plan estratégico universitario en investigación de excelencia.
- Disposición adicional decimonovena. Financiación general.
- Disposición transitoria primera. Adaptación de la Comisión Interdepartamental de Investigación e Innovación
- Disposición transitoria segunda. Estrategia de igualdad de género en la ciencia.
- Disposición derogatoria.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de erratas | en DOGC núm. 9163 de 15 de mayo de 2024 |
| Corrección de errores | en BOE núm. 135 de 4 de junio de 2024 |
Normas a las que afecta (10)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 9/2022?
- Ley 9/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 9/2022?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 9/2022?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.