Disposición adicional quinta. Recursos de las universidades públicas en el ámbito de la investigación y la transferencia.
Disposición adicional quinta de la Ley 9/2022, de 21 de diciembre, de la ciencia. · BOE-A-2023-467
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-12.
Texto consolidado
El departamento competente en materia de investigación y universidades debe garantizar los recursos suficientes, humanos y materiales, para que las universidades públicas puedan ejercer las funciones relacionadas con la formación de los doctores y los técnicos especialistas, las de mantenimiento básico de las infraestructuras necesarias para que los investigadores puedan desempeñar la actividad de investigación, transferencia e innovación, y las demás funciones que la normativa les encomienda en el ámbito de la investigación.