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Ley 8/2020, de 30 de julio, de protección y ordenación del litoral.

BOE-A-2020-9553 · Boletín Oficial del Estado, 2020-08-12 · Comunidad Autónoma de Cataluña

Ley 8/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-23.

Resumen

La Ley 8/2020, de 30 de julio, regula la protección y ordenación del litoral en Cataluña, estableciendo un marco normativo para su gestión sostenible. Esta ley es aplicable a todos los bienes de dominio público y ecosistemas marítimo-terrestres del litoral catalán desde su entrada en vigor.

Entre los puntos clave de la ley, se establece la creación del Plan de protección y ordenación del litoral como instrumento básico para la gestión integrada del espacio costero, que debe incluir medidas de adaptación al cambio climático y garantizar la preservación de ecosistemas y paisajes. Además, se otorgan competencias a los ayuntamientos para la elaboración de planes de uso del litoral y de las playas, facilitando la participación ciudadana en la toma de decisiones. La ley también introduce un nuevo canon para la explotación de actividades en el dominio público marítimo-terrestre, cuyos ingresos se destinarán a la mejora y conservación de este espacio. Por último, se crea la Comisión de Ordenación del Litoral para supervisar y coordinar la aplicación de la normativa.

Esta ley no está derogada y se encuentra en vigor, promoviendo un enfoque más sostenible y coordinado en la gestión del litoral catalán.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 8/2020
Fecha de la disposición
2020-07-30
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 217, 2020-08-12
Entrada en vigor
2020-09-03
Departamento
Comunidad Autónoma de Cataluña
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2026-02-23
Artículos
52
Identificador BOE
BOE-A-2020-9553
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA

Los artículos 65 y 67 del Estatuto prevén que las leyes de Cataluña son promulgadas, en nombre del Rey, por el Presidente o Presidenta de la Generalidad. De acuerdo con lo anterior promulgo la siguiente Ley.

PREÁMBULO

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (7)

Normas a las que afecta (2)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 8/2020?
Ley 8/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-23.
¿Qué normas modifican o afectan a Ley 8/2020?
El BOE registra 7 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 8/2020?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.