Ley 8/2007, de 23 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
BOE-A-2008-12584 · Boletín Oficial del Estado, 2008-07-23 · Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Ley 8/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 8/2007
- Fecha de la disposición
- 2007-04-23
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 177, 2008-07-23
- Entrada en vigor
- 2007-05-23
- Departamento
- Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 44
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-12584
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 8/2007, de 23 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30.Dos, del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Fines.
- Artículo 3. Principios informadores.
- Artículo 4. Órganos competentes.
- Artículo 5. Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 6. Funciones de la Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 7. Composición de la Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 8. Consejo Asesor Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 9. Composición del Consejo Asesor Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 10. Funcionamiento.
- Artículo 11. Funciones del Consejo Asesor Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 12. Unidad de gestión del plan regional de ciencia, tecnología e innovación.
- Artículo 13. Funciones de la unidad de gestión del plan regional de ciencia, tecnología e innovación.
- Artículo 14. El Sistema Regional de Ciencia, Tecnología y Empresa.
- Artículo 15. Acreditación.
- Artículo 16. Plan Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 17. Contenido necesario del Plan.
- Artículo 18. Procedimiento de elaboración y aprobación.
- Artículo 19. Gestión, seguimiento y evaluación.
- Artículo 20. Registro de Centros e Instituciones de investigación y de investigadores.
- Artículo 21. Institutos de investigación.
- Artículo 22. Promoción de la cultura científico-tecnológica en el ámbito educativo.
- Artículo 23. Inversión de I+D+I.
- Artículo 24. Formación.
- Artículo 25. La actividad investigadora.
- Artículo 26. Movilidad del personal investigador.
- Artículo 27. Cofinanciación de actividades de investigación.
- Artículo 28. Promoción de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación en el tejido productivo.
- Artículo 29. Centros tecnológicos.
- Artículo 30. Apoyo a los sectores de alto contenido tecnológico.
- Artículo 31. Medidas de fomento de la inversión privada en I+D+I.
- Artículo 32. Red regional de transferencia de los resultados de la investigación.
- Artículo 33. Observatorio Regional de Ciencia y Tecnología.
- Artículo 34. Innovación y servicios públicos.
- Artículo 35. Iniciativas de desarrollo local e innovación tecnológica.
- Disposición adicional primera. Fomento de las carreras científicas y técnicas entre los estudiantes.
- Disposición adicional segunda. Régimen jurídico de determinados órganos.
- Disposición adicional tercera. Constitución de la Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Disposición adicional cuarta. Constitución del Consejo Asesor Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Disposición adicional quinta. Régimen provisional hasta la constitución de la Unidad de Gestión del Plan Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Disposición adicional sexta. Organismos públicos de investigación.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 8/2007?
- Ley 8/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 8/2007?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 8/2007?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.